Respecto de los hechos, consta que mujeres y niñas fueron raptadas y obligadas a casarse con milicianos rebeldes en Uganda durante años. Ellas eran regaladas como esclavas sexuales y sus hijos eran entrenados para la guerra, antiguo niño soldado e integrante de la organización extremista cristiana Ejército de Resistencia del Señor, que pretende imponer un régimen teocrático. ”El matrimonio es un estado que se adquiere de forma voluntaria y que tiene efectos sociales, religiosos y personales que afectan a la intimidad de la persona. Si la víctima se ve atada de forma ilegítima, ello deriva en estigma social y en la pérdida de su dignidad”, concluyó el tribunal, que también ha condenado a Ongwen por secuestro, tortura y asesinato, incluso de bebés.
Enseguida, la sentencia se inspiró en una sentencia anterior del Tribunal Especial para la Antigua Yugoslavia, muestra el cambio operado en el abordaje y persecución de unos hechos vistos durante años como una consecuencia inevitable de la guerra y los conflictos armados. El camino recorrido por la justicia internacional hasta condenarlos como una violación de los derechos humanos ha sido largo, y el punto de inflexión lo marcaron a partir de los años noventa justamente dos tribunales penales creados ad hoc: el que persiguió el genocidio de Ruanda y el de la Antigua Yugoslavia (TPIY). El segundo juzgó a los principales responsables de las atrocidades perpetradas en la guerra de los Balcanes, y en 2001, dictó la primera sentencia de un tribunal internacional en Europa por violación como crimen contra la humanidad.
Luego, el Tribunal internacional da cuenta de que, debido a la evolución de la jurisprudencia en este campo, la violación y las agresiones sexuales también pueden constituir hoy genocidio y tortura, y ser un elemento de la esclavitud sexual o la prostitución forzada. Además, desde 2014, la Fiscalía del TPI ha incorporado a su labor la perspectiva y el análisis de género, para que se aborde el efecto de estos delitos sobre las víctimas, sus familias y comunidades.
Es cierto que, en la historia reciente, la violación apareció en 1919, junto con la prostitución forzada, en la comisión creada tras la Primera Guerra Mundial por los países aliados contra Alemania para investigar crímenes de guerra. Sin embargo, “en interés de la política diplomática de Europa, nadie fue enjuiciado”, a pesar de la documentación sobre violaciones masivas de mujeres en Bélgica y Francia por soldados alemanes, según ha escrito la costarricense Elizabeth Odio Benito, que fue jueza del TPIY y del Tribunal Penal Internacional, y preside hoy la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
A continuación, Dorine Llanta, encargada de los programas de Justicia Internacional de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), sostiene que a la evolución de la sociedad se suma otro factor más cercano en el tiempo. En la guerra de la Antigua Yugoslavia la violencia sexual fue generalizada y atroz, ”y como los Balcanes están junto al mundo occidental, donde se toman las decisiones políticas de repercusión internacional, contemplar ese tipo de agresiones tan de cerca ha contribuido a que ya no se vea como algo tan normal en una guerra”.
Posteriormente, la experta reconoce la importancia del fallo en el caso de Dominic Ongwen, aunque lamenta la oportunidad perdida de incluir las agresiones sexuales padecidas por los hombres en este mismo caso. “Muy pocas víctimas cuentan su historia, y de ahí las dificultades de la Fiscalía para obtener pruebas que puedan confirmar luego los cargos. Como en otros lugares, en Uganda este tipo de violencia está estigmatizada, y es preciso dar voz a los pocos que están dispuestos a hablar”, sostiene Llanta.
Fuente Diario Constitucional de Chile.
No hay comentarios:
Publicar un comentario