25 feb 2021

Perú: Sentencia en caso de Ana Estrada ordena al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar la decisión de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia

La Corte Superior de Justicia de Lima, a través del Décimo Primer Juzgado Constitucional ordenó al Ministerio de Salud (MINSA) y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada de poner fin a su vidaa través del procedimiento técnico de la eutanasia.

La sentencia recomienda a:
- Se inaplique el artículo 112° del Código Penal vigente, para el caso de doña Ana Estrada Ugarte; por lo que los sujetos activos, no podrán ser procesados.
Se ordene al Ministerio de Salud y a EsSalud, a) respetar la decisión y, que Ambas instituciones independientemente, deberán conformar sendas Comisiones Médicas interdisciplinarias, con reserva de la identidad de los médicos y con respeto de su objeción de conciencia, si fuere el caso, en un plazo de 07 días.
- EsSalud deberá brindar todas las condiciones administrativas, prestacionales y sanitarias para el ejercicio del derecho a la muerte en condiciones dignas.
- La Comisión Médica Interdisciplinaria de EsSalud debe elaborar un plan y el protocolo.

Perú Sentencia Ana Estrada 250221 on Scribd

Fuente CSJL: 

No hay comentarios:

Publicar un comentario