En
una sentencia votada por mayoría la mañana de hoy, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) ordenó que
las instituciones implicadas en el tema tomen medidas urgentes.
Karem Barboza Quiroz para El Comercio.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró cosa “inconstitucional” el hacinamiento en los penales del país y ordenó que las instituciones implicadas en el tema tomen medidas urgentes para solucionar este problema.
Por
ello, en su caso, se declaró “fundada en parte" la demanda del interno
C.C.B., por la vulneración de su derecho a no ser objeto de un tratamiento
carente de razonabilidad y proporcionalidad respecto de la forma y condiciones
en que cumple la pena en el Establecimiento Penitenciario de Tacna y ordenar a
su director adoptar las medidas necesarias para superar dicha afectación.
Escribe Karem Barboza.
Fuente El Comercio: https://elcomercio.pe/politica/tribunal-constitucional-tc-declara-inconstitucional-hacinamiento-en-los-penales-martin-vizcarra-noticia/
Karem Barboza Quiroz para El Comercio.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró cosa “inconstitucional” el hacinamiento en los penales del país y ordenó que las instituciones implicadas en el tema tomen medidas urgentes para solucionar este problema.
La
decisión de declarar la inconstitucionalidad del hacinamiento penitenciario se
realizó tras analizar el expediente 05436-2014-HC (Caso C.C. B vs el Instituto
Nacional Penitenciario).
S eis
votaron a favor: la presidenta del TC, Marianella Ledesma (ponente de la
causa), seguida por los magistrados Carlos Ramos, Augusto Ferrero, Ernesto
Blume, Manuel Miranda y Eloy Espinosa- Saldaña. Y una posición en contra: José
Luis Sardón.
La
decisión se adopta en el marco de la pandemia mundial del coronavirus.
Medidas
dispuestas:
La
ponencia analizada y votada, dispone declarar “que existe un estado de cosas
inconstitucional” respecto del permanente y crítico hacinamiento de los
establecimientos penitenciarios y las severas deficiencias en la capacidad de
albergue, calidad de su infraestructura e instalaciones sanitarias, de salud,
de seguridad, entre otros servicios básicos, a nivel nacional".
Se
dispuso, por tanto, declarar que las alternativas de solución a los problemas
de hacinamiento carcelario en el Perú exige el trabajo conjunto y coordinado
del Poder Legislativo, Poder Judicial y Poder Ejecutivo, entre otros, así como
la participación de la sociedad en general.
Para
ello se llegó a la conclusión de que el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, en un plazo no mayor de 3 meses -tras la publicación de esta
sentencia- amplíe, modifique o replante sustancialmente las medidas que
resulten necesarias e indispensables para superar progresivamente dicho estado
de cosas inconstitucional.
Se
deberá evaluar la reestructuración del INPE, a fin de redimensionar el
tratamiento penitenciario con fines de reeducación, rehabilitación y
reincorporación del penado a la sociedad.
Además,
dicha entidad deberá elaborar un nuevo Plan Nacional de la Política
Penitenciaria 2021-2025.
“Declarar
que si en el plazo de 5 años, que vencerá en el año 2025, no se han adoptado
las medidas suficientes para superar dicho estado de cosas inconstitucional,
estos deberán ser cerrados, hasta que se garanticen las condiciones
indispensables de reclusión”, se indica.
Dicho
cierre empezará por los 6 establecimientos penitenciarios de mayor hacinamiento
en el Perú: Chanchamayo (553 %), Jaen (522 %), Callao (471 %), Camaná (453 %),
Abancay (398 %) y Miguel Castro Castro (375 %), o aquellos 6 penales que al
vencimiento de dicho plazo tengan los mayores niveles de hacinamiento.
También
se dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas adopte medidas para
entregar los recursos económicos que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto
en la presente sentencia.
Finalmente,
se exhorta al Poder Judicial, dentro del marco de sus competencias, evaluar
adecuadamente los principios y derechos que se encuentran involucrados al
momento de dictar las prisiones preventivas.
Tribunal
Constitucional emitió parte de la resolución que declara como "cosa
inconstitucional" el hacinamiento de penales.
En
esa línea, el pleno del TC –en mayoría- consideró que no resulta razonable
enviar a prisión a aquellas personas que no representan peligrosidad social, ni
provengan del crimen organizado, a diferencia de aquellas otras vinculadas con
delitos comoterrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación sexual, corrupción
de funcionarios públicos, asociación ilícita para delinquir, robo, entre otros.
Finalmente,
el TC decidió que el control dispuesto en esta sentencia, estará a cargo de la
Comisión de Seguimiento y Cumplimiento de sentencias. Conforme a ello, el pleno
de la institución realizará audiencias públicas de supervisión cada 6 meses,
contados a partir de la fecha de publicación de la presente sentencia.
El
caso:
En
el 2014, el interno de iniciales C.C.B. interpuso la demanda de habeas corpus,
alegando que en el Establecimiento Penitenciario de Tacna (Pocollay) se han
vulnerado sus derechos a la razonabilidad y proporcionalidad respecto de la
forma y condiciones en que cumple la pena y a su integridad personal.
Ello,
en referencia a sus condiciones de salud y a la forma en que viene cumpliendo
la pena. Al respecto, sostuvo que la gripe y bronquitis se tornó crónica al no
haber sido oportunamente. Además, debido a que duerme en el suelo, no puede
recuperar su salud.
El
director del Establecimiento Penitenciario de Tacna (Pocollay-Varones), dentro
el proceso seguido en instancias judiciales, en referencia a que el interno
pernocta en el suelo, afirmó que en el establecimiento penitenciario existe un
hacinamiento que ha dado lugar a que haya sido declarado en emergencia por
falta de infraestructura, lo que no permite albergar a los internos en camas
individuales; sin embargo, indica que se están gestionando los trámites de
remodelación y ampliación del penal y se cumple con el abastecimiento de
colchones para los internos.
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Escribe Karem Barboza.
Fuente El Comercio: https://elcomercio.pe/politica/tribunal-constitucional-tc-declara-inconstitucional-hacinamiento-en-los-penales-martin-vizcarra-noticia/

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