Hace muy pocos días, en una escuela del distrito de Villa El Salvador, un adolescente manipulaba un arma de fuego, una pistola taurus de perteneciente a su padre, que había llevado para mostrarla a sus amigos, con quiénes la observaba con la curiosidad propia de la edad. De pronto, mientras maniobraba el arma, resonó un disparo que fue a dar en el hombro de uno de sus jóvenes compañeros, precisamente uno de sus mejores amigos. La desesperada reacción de todos los presentes no pudo evitar que el adolescente escolar perdiera la vida camino a un centro de atención médica.
Una
tragedia que, por cierto, enluta en primer lugar a la familia de la víctima,
que no podrá encontrar explicación ni consuelo por una muerte tan temprana, inesperada
e injusta de uno de sus integrantes más jóvenes. Se dice, con razón, que los
padres no están para enterrar a los hijos. Algo así, no sé si es exactamente
esa la frase, pero todos saben a qué me refiero. Es difícil imaginar un dolor y
un luto mayores. Criamos y cuidamos a nuestros hijos para que crezcan sanos y
florezcan en la adultez que merecen vivir plenamente. Porque de ellos será la
tierra cuando ya no estemos aquí. Lo ocurrido contradice brutalmente lo que
concebimos casi como una ley natural.
Esta decisión de
enviar a este chico a Maranguita sucede, además, en un tiempo en que muchos
adultos probadamente corruptos, saqueadores impunes de los escasos recursos de
todos los peruanos, traficantes de influencias y de negociados, extorsionadores
que otorgan a dedo obras públicas a cambio de dinero contante y sonante, o de
“acabados de lujo” para sus casas, reciben simplemente órdenes de comparecencia
o se les revoca la detención preventiva, aduciendo que su libertad “no entraña
peligro procesal”. De lo cual estos pillos se aprovechan muchas veces para
escapar, como el exjuez Hinostroza y algunos políticos. El chico que causó la
tragedia de Villa El Salvador, ese sí está en una situación que “no entraña
peligro procesal”, pero lo envían a Maranguita. Reflexionemos serenamente sobre
esto y corrijamos lo que se deba enmendar.
Pero
también está el caso del chico que causó la tragedia. Que fue un acto
imprudente de su parte, no hay la menor duda. Muy imprudente. A su edad ya
todos deberían saber de los peligros y responsabilidades que conlleva portar o
manipular un arma de fuego. Pero también debemos considerar la edad de ese
chico. 15 años. Todos sabemos de las curiosidades, las transgresiones, las
búsquedas muchas veces desafiantes y peligrosas que son propias de esa edad tan
difícil y crítica que es la adolescencia. Como adultos, no podemos decir que no
hemos vivido la crisis vital que significa esa edad delicada del desarrollo del
niño.
La
curiosidad por las armas es una de esas experiencias adolescentes que desafían
la prudencia, el sentido común y el debido respeto por las normas. Los chicos
“juegan a ser hombres”, incentivados además por mensajes de todo tipo, que les
llegan a través de los más diversos medios, desde los videojuegos hasta netflix,
que exacerban ese huroneo y esa manera de “hacerse hombres”. Allí vienen, si
algunas circunstancias desgraciadas lo permiten, las experiencias peligrosas
que pueden desembocar en tragedias inesperadas, como todo indica que ha sido el
caso, según los indicios y las versiones recogidas.
Ese
chico debe ser tratado desde el punto de vista de la ley. No hay la menor duda
sobre ello. Pero no puede ser cualquier ley sino la que el sistema legal ha
previsto para casos como el suyo, atendiendo a su edad y a las circunstancias
del caso. No olvidemos que es un adolescente. La ley peruana prevé desde hace
muchos años, décadas ya, normas específicas para los adolescentes, que incluyen
sanciones que deben aplicarse y cumplirse, por supuesto. Y, para empezar,
tenemos un Código de los Niños y los Adolescentes, en el cual está comprendido
su caso.
La
diferencia fundamental es que las normas para adolescentes buscan activamente,
por lo menos en la teoría, impedir que el adolescente que ha cometido una
infracción a la ley se convierta en un delincuente adulto. La idea es rescatar
a los niños y adolescentes que puedan haber caído en un error digno de sanción,
hacer que tomen conciencia de ello y asuman la responsabilidad de enmendarse.
No es impunidad, como critican algunos sin saber. En casos graves, hay una
medida socioeducativa privativa de libertad. Pero la idea de rescatar al
adolescente para una adultez de bien no puede ni debe ser hecha a un lado en
ningún caso.
Si
algo cabe criticar con respecto a la normatividad sobre niños y adolescentes es
la poca importancia y apoyo que el Estado y la sociedad le han dado a la
posibilidad de su aplicación completa y consecuente. Escasos recursos, insuficientes,
extremadamente exiguos; pobre capacitación de la administración de justicia de
adolescentes; nula difusión de los objetivos y servicios que esta normatividad
ofrece; ningún apoyo al proceso reeducativo de los adolescentes infractores;
red muy limitada de atención y apoyo a los casos que involucran a adolescentes.
Maranguita
es un buen ejemplo de ello. Lo que debería ser un centro de educación y formación
de adolescentes que deben cumplir internación es, en la práctica, debido al
abandono y los escasos recursos del Estado, un pequeño penal, una especie de
cárcel preparatoria para de allí pasar a los verdaderos antros del ya saturado
sistema penitenciario nacional. Es muy lamentable que sea así. Hubo mejoras
interesantes en años anteriores, que rápidamente se han agotado y nuevamente
recrudecen las características que le dan lamentable fama.
Es
allí, adonde el sistema judicial ha enviado al chico que causó con su
imprudencia la tragedia en su escuela de Villa El Salvador y la muerte de su
compañero de clases. Si, como todo indica, hubo imprudencia pero de ninguna
manera ánimo de herir o matar, y si no se ha probado la existencia de peligro
de fuga –este extremo ni siquiera ha sido debatido y fundamentado por el juez- y
de obstaculización de la averiguación de la verdad ¿es razonable decretar la
internación inmediata del joven responsable en un centro cerrado como
Maranguita? ¿Se cumple con esta medida el criterio de interés superior del niño
que establece el Código de los Niños y los Adolescentes? ¿Se cumple
razonablemente con las medidas aplicables a los adolescentes responsables de
una infracción? ¿Es correcto que el juez haya aplicado al caso un precedente
relativo a una causa seguida contra un adulto investigado por corrupción y
delito de peculado?
El
chico pudo ser procesado en libertad y, en su momento, recibir la medida socioeducativa
correspondiente. Lo importante es que este momento trágico del cual ha sido un
lamentable protagonista no se convierta en el inicio de una carrera criminal.
No fabriquemos delincuentes, por favor. Apliquemos la ley razonablemente.
Seamos severos con quienes lo merecen plenamente; de esos tenemos muchos y no
debemos lamentarlo. Pero no contribuyamos con nuestros propios errores a
destruir vidas que pueden y deben ser rescatadas.
Artículo de opinión de Ronald Gamarra Hererra publicado en Hildebrandt en sus trece el viernes 29 de marzo de 2019.
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