Corte Constitucional ordena al Ministerio de Teconologías de la Información y las Comunicaciones que, dentro del marco de sus funciones y en aplicación del principio de precaución, regule la distancia prudente entre las torres de telefonía móvil y las viviendas, instituciones educativas, hospitales y hogares geriátricos.
Ver resolución de la Corte:
Fuente Corte Constitucional de Colombia: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2014/t-397-14.htm
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