Ley de ausencia
es un importante avance para víctimas de desaparición forzada y sus familiares:
Oficina de la ONU para los Derechos Humanos
Bogotá D.C., junio 6 de 2012
“Esta nueva ley va a contribuir a que los familiares y amigos de
las personas desaparecidas no tengan que sufrir nuevas revictimizaciones
teniendo que declararlas muertas para que sus derechos sean preservados”, expresó Todd Howland, Representante en Colombia de la Alta
Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, luego de la sanción presidencial
de la Ley 1531 de 2012, mediante la cual se crea la acción de
declaración de ausencia para personas desaparecidas.
“Nuestra Oficina apoyó decididamente esta iniciativa, que
fue impulsada en el Congreso por el Representante Guillermo Rivera y contó con
el trabajo y esfuerzo permanentes de organizaciones de familiares, como la
Fundación Nidia Erika Bautista, y del Comité Internacional de la Cruz
Roja”, señaló Todd Howland.
Con la aprobación de esta
ley, las familias de las personas desaparecidas contarán con
las garantías de continuidad de la personalidad
jurídica de la persona desaparecida; la conservación de su patria potestad en
relación con sus hijos menores de edad; así como la protección de su patrimonio
y de los derechos de la familia y de los hijos menores a percibir los salarios,
cuando se trate de un servidor público.
Asimismo, la adopción de esta
ley responde a una recomendación de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos al Estado colombiano.
Luego de este importante
avance, la Oficina reitera su invitación al
Gobierno a depositar
el instrumento de ratificación de la Convención Internacional para la
protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, aprobada
por el
Congreso mediante la Ley 1418 de 2010 y
declarada exequible por la Corte Constitucional en agosto pasado.
LEY No.-1531 "POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA LA ACCIÓN DE
DECLARACIÓN DE AUSENCIA POR DESAPARICIÓN FORZADA Y OTRAS FORMAS DE DESAPARICIÓN
INVOLUNTARIA Y SUS EFECTOS CIVILES"
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