28 oct 2011

Los niños, ante todo

Ronald Gamarra
Diario La República














Si tomamos como base la información del año 2009 resulta que de las 6.751 denuncias presentadas por violación sexual, el 94,5% de las mismas tuvieron como víctimas a mujeres; y de ellas, el 77,2% agraviaron a niñas y adolescentes. Lamentablemente, el PJ no hace justicia a las miles de víctimas. El propio César San Martín ha señalado que el 90% de casos de violación sexual de mujeres adultas y de adolescentes termina en absolución o sobreseimiento.El examen de diversas resoluciones judiciales sobre la materia revela la concurrencia de prejuicios, preconceptos y subjetivismos en jueces y juezas sobre el “correcto” comportamiento de las mujeres en sus relaciones interpersonales, que los llevan a restar credibilidad a la versión de la víctima y finalmente a “juzgarla”.

Las víctimas sufren la inoperancia del sistema de justicia penal: son (otra vez) víctimas de un proceso adelantado por órganos no especializados en el juzgamiento de delitos contra la libertad sexual, llevado adelante por magistrados sin perspectiva de género y sin atender a la obligación de “debida diligencia” que irradia a todo procesamiento de violencia contra la mujer, conducido sin la debida atención a la tutela jurisdiccional efectiva de los menores de edad, sin apego al principio del interés superior del niño, y usualmente prolongado en exceso en el tiempo; para, finalmente, encontrarse con una decisión judicial que se pronuncia por la absolución de quien ella sindica como su agresor.

Los niños, niñas y adolescentes deben ser protegidos de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada y de abusos físicos, mentales y sexuales. Ciertamente, poseen además derechos especiales derivados de su condición, a los que corresponden deberes específicos de la familia, la sociedad y el Estado. Por tanto, el Estado debe tomar medidas orientadas a proteger especialmente a los niños, con un mayor cuidado y responsabilidad de acuerdo al principio del interés superior del niño.

El VII Pleno Jurisdiccional Penal de la Corte Suprema es una buena oportunidad para ello. Gracias a la constancia de Demus, y a la intervención de Save The Children y Paz y Esperanza, la magistratura podría: ratificar el carácter “privilegiado” de la declaración de la víctima (el delito se comete en “espacios cerrados” sin mayor testigo que la propia víctima); declarar la no convocatoria a los niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos contra la libertad sexual a la audiencia del juicio oral, para la realización de una segunda declaración; aclarar que el “consentimiento” no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando ésta sea incapaz de dar un consentimiento libre; y señalar que no se admitirán pruebas del comportamiento sexual anterior o ulterior de la víctima o de un testigo. Es lo mínimo que se espera.

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