Ronald Gamarra Diario La República |
Si tomamos como base la información del año 2009 resulta que de las 6.751 denuncias presentadas por violación sexual, el 94,5% de las mismas tuvieron como víctimas a mujeres; y de ellas, el 77,2% agraviaron a niñas y adolescentes. Lamentablemente, el PJ no hace justicia a las miles de víctimas. El propio César San Martín ha señalado que el 90% de casos de violación sexual de mujeres adultas y de adolescentes termina en absolución o sobreseimiento.El examen de diversas resoluciones judiciales sobre la materia revela la concurrencia de prejuicios, preconceptos y subjetivismos en jueces y juezas sobre el “correcto” comportamiento de las mujeres en sus relaciones interpersonales, que los llevan a restar credibilidad a la versión de la víctima y finalmente a “juzgarla”.
Las víctimas sufren la inoperancia del sistema de justicia penal: son (otra vez) víctimas de un proceso adelantado por órganos no especializados en el juzgamiento de delitos contra la libertad sexual, llevado adelante por magistrados sin perspectiva de género y sin atender a la obligación de “debida diligencia” que irradia a todo procesamiento de violencia contra la mujer, conducido sin la debida atención a la tutela jurisdiccional efectiva de los menores de edad, sin apego al principio del interés superior del niño, y usualmente prolongado en exceso en el tiempo; para, finalmente, encontrarse con una decisión judicial que se pronuncia por la absolución de quien ella sindica como su agresor.
Los niños, niñas y adolescentes deben ser protegidos de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada y de abusos físicos, mentales y sexuales. Ciertamente, poseen además derechos especiales derivados de su condición, a los que corresponden deberes específicos de la familia, la sociedad y el Estado. Por tanto, el Estado debe tomar medidas orientadas a proteger especialmente a los niños, con un mayor cuidado y responsabilidad de acuerdo al principio del interés superior del niño.
El VII Pleno Jurisdiccional Penal de la Corte Suprema es una buena oportunidad para ello. Gracias a la constancia de Demus, y a la intervención de Save The Children y Paz y Esperanza, la magistratura podría: ratificar el carácter “privilegiado” de la declaración de la víctima (el delito se comete en “espacios cerrados” sin mayor testigo que la propia víctima); declarar la no convocatoria a los niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos contra la libertad sexual a la audiencia del juicio oral, para la realización de una segunda declaración; aclarar que el “consentimiento” no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando ésta sea incapaz de dar un consentimiento libre; y señalar que no se admitirán pruebas del comportamiento sexual anterior o ulterior de la víctima o de un testigo. Es lo mínimo que se espera.
No hay comentarios:
Publicar un comentario