9 sept 2010

Un pacto para vivir (en la impunidad)













José Carlos Agüero
Equipo Incidencia
IPRODES

El paquete de Decretos Legislativos promulgados por el Poder Ejecutivo manda poderosos mensajes en este escenario electoral. Y estos son profundamente anti democráticos.

Representan una declaración pública, abierta, de reafirmación de una alianza política entre actores desde el gobierno, los sectores fujimoristas y ciertos grupos militares, en temas que atentan directamente contra la administración de justicia de graves violaciones de derechos humanos.

También quiere tener como receptor a algunos sectores de la empresa privada -la que no respeta estándares de protección medio ambiental o derechos laborales y quiere libertad absoluta para sus actividades extractivas-. Hacia ellos el mensaje es: seguirá el discurso del “perro del hortelano”, los que protestan serán no sólo estigmatizados, sino también, si llega el caso, serán considerados “hostiles” y tratados como tales.

No parece un endurecimiento súbito del régimen en su última fase, como si se tratara de una sorpresa, sino más bien de la consolidación de algunas de sus líneas de política real, pensando más en una salida tranquila del gobierno (recordemos que no es el primer intento de generar normas de amnistía). Es también una expresión de fuerza. No sorprendería que luego de este golpe, el Ministro de Defensa, principal impulsor de estas medidas, se retire por su propio pie del gabinete. Con la misión cumplida.

Los Decretos Legislativos vistos en conjunto, brindan una propuesta bien estructurada para promover mecanismos de impunidad tanto para conductas del pasado, como del futuro. Para el pasado proponen la prescripción y el exceso en el plazo de investigación. Por uno u otro medio, los acusados buscarán el cierre de sus procesos. Para el presente y el futuro, se fortalece la justicia militar, dejando la cancha abierta para incluir como delitos de función casos comunes.

Con el DL 1097 los actores que desde el gobierno impulsan la norma parecen cumplir con su parte. Allí está la herramienta para ser usada por los acusados, sus abogados, lobistas y el propio Ministerio de Defensa (que paga la defensa legal de los militares acusados). Es ingenuo pensar que la norma ha sido creada pensando que va a lograr ser aplicada en todos los casos. Lo importante no es el éxito total o la amnistía absoluta. Sí es importante que una herramienta tal, tan amplia y escandalosa haya lograda ser puesta en juego, en circulación, vigente y a disposición de todos. Y se usará hasta dónde ésta aguante. Y por el tiempo que se pueda.

Si la pueden usar los del grupo Colina, bien, sino, también. Éstos no representan el grueso de los casos. Y en el fondo, son un lastre para las acciones de este sector pro impunidad, pues en el caso de los Colina no hay ambigüedades: la condena es unánime desde la izquierda más extrema a la derecha más conservadora.

Por ello, habrá que tener cuidado para no caer en la trampa. La sensibilidad de la ciudadanía pone un límite a las acciones encubridoras cuando se trata del Destacamento Colina y casos emblemáticos como los de Barrios Altos y La Cantuta.

Y esto lo saben bien los defensores del DL 1097. Por ellos se han empeñado en señalar que no se aplicará para estos casos. Llaman a la opinión pública a la tranquilidad, obligan a mirar hacia el grupo Colina y reiteran que la norma es constitucional y no se aplicará a los Martin Rivas, Sosa Saavedra, y menos a Montesinos o Fujimori.

Como los Colina son indefendibles, pueden ser sacrificados a favor de los otros cientos de casos en proceso.

Es posible, por sus antecedentes democráticos, que la Sala que verá el caso concreto de los Colina se pronuncie negándose a aplicar el DL. Y esto, que es positivo, puede tener un efecto perverso: al haber concentrado la tensión en este grupo, se conseguirá desactivar la preocupación de la opinión pública respecto de los otros casos y del DL en general. Y pasado ese momento, el DL seguirá vigente y en paz.

Se ha dicho que el DL debe ser interpretado por cada juez, que deberá aplicarlo con arreglo a la Constitución y conforme a lo que se expresa en su “exposición de motivos” (su justificación doctrinal). Y que por tanto, no es una norma que genera impunidad por sí misma, sino sólo si es mal aplicada por los magistrados.

Pero las cosas son claras. Hay peligros que puede enfrentar una administración recta de la justicia, que están fuera de su control y del control de las autoridades en general: la lejanía geográfica, implementarse en un escenario de acciones armadas, investigar y juzgar enfrentando la amenaza de los sicarios, incluso los desastres naturales.

Pero en este caso se trata de un riesgo creado por las propias autoridades. Esta norma abre una ventana de oportunidad para la impunidad. Si bien los operadores de justicia no necesitaban de esta norma para archivar casos invocando prescripción u otros motivos contrarios a los derechos humanos (lo acaban de hacer el día de ayer para uno de los casos de Agustín Mantilla, lo vienen haciendo crecientemente desde el 2009), incrementa esta posibilidad y les otorga un nuevo sostén jurídico.

En suma, no debemos dejar que la discusión se quedé en los Colina. Convoquemos la atención sobre los otros casos que se cierran. Las otras víctimas desconocidas de cientos de casos desconocidos. Y llamemos también la atención sobre el efecto social de la aplicación de estas normas: discrimina, refuerza injusticias de décadas, legisla para un grupo específico, debilita el sistema de justicia, y parece confirmar a la impunidad como un mecanismo casi natural de nuestra vida republicana.

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