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22 abr 2020

Argentina: A 35 años del juicio a las Juntas Militares

El 22 de abril de 1985 comnezaron las audiencias contra los comandantes de la última dictadura cívico militar.
Por Juan Pablo Csipka vía Página12.

El 22 de abril de 1985, la democracia recuperada un año y medio antes entró en una nueva fase cuando en el Palacio de Tribunales de Buenos Aires comenzaron las audiencias de la Causa 13/1984, la más trascendental de la historia argentina: la Cámara Federal juzgó desde ese día a las tres primeras juntas militares de la dictadura cívico militar instaurada en 1976. El juicio no tenía antecedentes en el mundo.

Su único precedente era el juicio a los comandantes de la dictadura griega (cuyo nivel represivo no alcanzó los niveles de los militares argentinos) y, más atrás, en materia de derechos humanos, el juicio de Nüremberg contra los jerarcas nazis en 1946. A diferencia del proceso contra los criminales del Tercer Reich, en la Argentina no había habido una guerra (salvo en la imaginación de los represores para justificar el terrorismo de Estado) ni la Patria estaba bajo ocupación de otro país: la guerra de Malvinas había terminado de derrumbar el autodenominado Proceso de Reorganización Nacional y las primeras elecciones desde el Golpe de 1976 habían llevado a la Casa Rosada a Raúl Alfonsín.

El camino al juicio
En la campaña de 1983, el candidato radical propuso tres niveles de responsabilidad para juzgar la responsabilidad de los genocidas: quienes dieron las órdenes, quienes las  cumplieron y quienes se excedieron. Al mismo tiempo, había propuesto declarar nula la autoamnistía del último dictador, Reynaldo Bignone. Por el contrario, Ítalo Luder, candidato del Partido Justicialista, daba por válida la autoamnistía.

El 13 de diciembre de 1983, apenas 72 horas después de haber asumido, Alfonsín puso la piedra basal del juicio con la firma del decreto 158, que ordenaba el juzgamiento de las juntas. Dos días más tarde se creó la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas. El 20 de septiembre de 1984, el informe de la Conadep certificó 8961 desapariciones durante la dictadura, así como el funcionamiento de más de 300 centros clandestinos de detención y el modus operandi de la represión: secuestro, tortura y asesinato.


Mientras la Comisión hacía su investigación, Alfonsín abrazaba la idea de la “autodepuración” de las Fuerzas Armadas que, a través del Consejo Supremo, juzgaría y condenaría a los responsables de la represión. Sin embargo, en el verano de 1984 sucedió un hecho clave: la reforma del Código de Justicia Militar, aprobada por el Congreso Nacional, habilitó la posibilidad de que la justicia civil apelara si los militares eran absueltos por sus camaradas de armas.

El plan original de aquella reforma no consideraba la dilación del Consejo Supremo. En el Senado, el neuquino Elías Sapag logró modificar el proyecto aprobado en Diputados y la nueva ley finalmente contempló la intervención de las cámaras federales si el Consejo dilataba sus sentencias.

Fue lo que ocurrió en octubre de 1984 cuando, tras la entrega del informe de la Conadep, el Consejo, que no había dado señales de una pronta decisión, hizo saber que consideraba “inobjetables” las órdenes impartidas para la represión ilegal. La Cámara Federal tomó las actuaciones y comenzó la carrera hacia el histórico 22 de abril del 85.

Aquel día, al igual que en la jornada en que la Conadep entregó su informe a Alfonsín, una multitud marchó en reclamo de justicia. La noche anterior, y por Cadena Nacional, el Presidente denunció que había movimientos de “los enemigos de la democracia” y llamó a una movilización a Plaza de Mayo para el 26 de abril, la noche en que desde el balcón de la Rosada anunció una “economía de guerra”, mientras se pergeñaba el Plan Austral.

"Se va a iniciar una etapa nueva de un juicio sin antecedentes en el mundo, de tal importancia que, de acuerdo con mi opinión, terminará con 50 años de frustración democrática y decadencia nacional", había dicho Alfonsín 24 horas antes que los jueces León Arslanian, Ricardo Gil Lavedra, Jorge Torlasco, Andrés D'Alessio, Guillermo Ledesma y Jorge Valerga Aráoz dieran inicio a la audiencia en la que Ítalo Luder declaró como primer testigo.

La estrategia del fiscal
La clave del juicio se basaba en que la fiscalía pudiera probar la responsabilidad penal de los nueve comandantes: por el Ejército, Jorge Rafael Videla, Roberto Viola y Leopoldo Fortunato Galtieri; Emilio Massera, Armando Lambruschini y Jorge Anaya, por la Armada, y  Orlando Agosti, Omar Graffigna y Basilio Lami Dozo por la Fuerza Aérea.

Para ello, el fiscal Julio Strassera recurrió a una figura del derecho alemán, usada en los casos contra oficiales del nazismo: el autor mediato. Es decir, aquel que media entre el delito y quien lo comete, que es el autor inmediato. El teórico alemán Claus Roxin fundamentó así que comandantes que no habían torturado ni asesinado con sus manos tenían la misma responsabilidad penal que de por sí cabía a quienes cometieron los delitos.

El argumento de Strassera fue determinante para conseguir la condena, si bien la Cámara Federal analizó la responsabilidad de cada arma y no la de las Juntas Militares, lo cual disminuyó la responsabilidad de los jefes aeronáuticos. Eso fue lo que permitió que Agosti recibiera 4 años y medio de cárcel frente a las perpetuas de Videla y Massera, sus compañeros en la junta de 1976. Viola recibió 17 años y Lambruschini fue condenado a 8 años. Los demás resultaron absueltos.

Doble vara
Los testimonios de aquel juicio, que no se televisó, fueron estremecedores. Las presiones de los poderes de facto hicieron que apenas se difundiera un resumen diario de tres minutos y sin audio en los noticiosos de la noche. El 9 de diciembre de 1985 sí se transmitió por Cadena Nacional la sentencia. El 18 de septiembre, Strassera había culminado su alegato, en medio de aplausos y llanto, un momento de desahogo después de “17 dramáticas semana de audiencia”, como él mismo afirmó.

El fallo del 9 de diciembre consagró el fin de la idea alfonsinista de los tres niveles de responsabilidad, y ordenó juzgar las responsabilidades de los mandos inferiores: tras la condena de los autores mediatos, era el turno de los responsables inmediatos. El plan criminal de la dictadura cívico militar había sido probado por el Poder Judicial: la frontera entre el cumplimiento de órdenes y "los excesos" quedaba desterrada.

Después de la sentencia
A partir de allí comenzó otra historia, que culminó con la aprobación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, alzamiento de Semana Santa mediante, que suspendieron los juicios contra los mandos intermedios. Los indultos de Carlos Menem hicieron el resto. Habría que esperar hasta 2003 para que se reactivaran los juicios contra los delitos de lesa humanidad, que reconocen en el juicio a las Juntas Militares de 1985 su momento fundante.

¿Qué dijo Borges de aquel juicio?
Uno de los asistentes a aquel primer juicio fue Jorge Luis Borges. Presenció la audiencia del 22 de julio de 1985, la más extensa del comienzo del debate. El escritor escuchó el testimonio de Víctor Basterra, prisionero en la ESMA. A los pocos días, Borges volcó sus impresiones en un breve texto, Lunes, 22 de julio de 1985, cuyo párrafo final alertaba sobre los riesgos de un negacionismo que, además de abominable, desde entonces sería insostenible:


“Es de curiosa observación que los militares, que abolieron el código civil y prefirieron el secuestro, la tortura y la ejecución clandestina al ejercicio público de la ley, quieran acogerse ahora a los beneficios de esa antigualla y busquen buenos defensores. No menos admirable es que haya abogados que, desinteresadamente sin duda, se dediquen a resguardar de todo peligro a sus negadores de ayer".


31 jul 2017

Argentina: Los jueces cómplices de la dictadura


¿Usted también doctor?
Vía ANFIBIA
 
El Tribunal Federal de Mendoza condenó a ex jueces y fiscales a prisión perpetua por su complicidad con los crímenes de la dictadura. El fallo vuelve a plantear el rol que tuvieron los actores civiles y empieza a saldar una asignatura pendiente de la Justicia con el pasado. En este ensayo, el abogado Juan Pablo Bohoslavsky actualiza la introducción al libro que editó en 2015 para Siglo Veintiuno Editores y que aborda la cuestión de la complicidad de los hombres de derecho.

Los mecanismos de justicia transicional en la Argentina se han focalizado primariamente en conocer la verdad acerca de las violaciones graves de derechos humanos perpetradas durante la dictadura, sancionar a los responsables de los delitos de sangre y forjar la memoria en torno a esos hechos. Ha sido recién en los últimos años, una vez consolidados los juicios penales contra los genocidas, que la dimensión civil de la dictadura comenzó a visualizarse como un asunto relevante y pendiente para la sociedad argentina. Esa dimensión civil incluye a actores económicos, funcionarios civiles (judiciales incluidos), la iglesia, periodistas, medios de comunicación e intelectuales.
Una comprensión cabal del rol que juegan específicamente funcionarios judiciales y abogados en contextos autoritarios, así como el desarrollo de una teoría jurídica, una estrategia política y un diseño institucional adecuados para incorporar eficazmente la complicidad judicial y legal a la agenda democrática y de derechos humanos, constituyen en el país asignaturas pendientes que gradualmente están siendo saldadas: al 2015 más de ciento cincuenta funcionarios judiciales habían sido vinculados formalmente con el terrorismo de Estado, ya sea a través de procesos penales o de remoción. El juicio a los jueces en Mendoza, cuya sentencia acaba de ser dictada, condenando a prisión perpetua a ex jueces y fiscales por su participación primaria en delitos de lesa humanidad,  ha sido hasta ahora el proceso penal más emblemático en esa dirección.

No haber abordado la complicidad judicial de una manera integral y profunda una vez iniciada la transición democrática –y de esto fue responsable todo el sistema político– no sólo comprometió la promesa del nunca más, sino que también facilitó que las estructuras y redes del Poder Judicial cómplice continuaran de algún modo vigentes e impunes, lo cual se ha manifestado por años en una fuerte reticencia a avanzar con los procesos contra los genocidas. Los logros que implicó la remoción de los jueces de la Corte Suprema de la dictadura en 1983, e incluso de numerosos funcionarios del fuero penal de la Capital Federal, fueron en parte diluidos por la continuidad de varios funcionarios judiciales designados por las Juntas en todo el país. Por ello no sorprende la connivencia –ya en democracia– de una gran cantidad de jueces y fiscales de la familia judicial, dirigida a obstaculizar o dilatar los juicios contra los genocidas, así como a perseguir a quienes denunciaban a los funcionarios cómplices (caso “Kimel”). Todos estos datos redoblan el interés por articular el análisis histórico de la complicidad judicial con el debate actual en torno a la democratización del Poder Judicial en la Argentina.

El libro ¿Usted también, doctor? explora respuestas a las siguientes preguntas: ¿cuál fue el papel que desempeñaron los funcionarios judiciales, los abogados y sus asociaciones, y los juristas durante la dictadura? ¿Cuáles fueron los motivos por los cuales muchos de ellos contribuyeron al plan criminal de la Junta Militar? ¿Y por qué tan sólo unos pocos asumieron una actitud de compromiso frente a las víctimas? ¿Qué podrían y deberían haber hecho los jueces dadas las circunstancias de entonces? ¿Son responsables legalmente los jueces, los fiscales y los abogados cómplices? ¿Qué función tuvieron el derecho y la jurisprudencia en aquel período? ¿Hubo una renovación de jueces con el retorno de la democracia? ¿En qué medida se ha avanzado desde 1983 a la fecha en la búsqueda de respuestas a estos interrogantes, y qué dificultades se han encontrado? ¿Son estas cuestiones relevantes hoy para la cultura democrática y el funcionamiento del Poder Judicial argentino? En esta nota intentaré articular y sistematizar las ideas, la información y las diferentes (en ocasiones divergentes) interpretaciones presentadas a lo largo de aquel libro.

Estrategias represivas y Poder Judicial en la Argentina
Una de las aristas prominentes de la dictadura argentina fue el comportamiento de los funcionarios judiciales (jueces e integrantes del ministerio público) y los abogados durante ese período. La represión se llevó a cabo mayoritariamente en las sombras de las instituciones, más específicamente mediante una estrategia represiva clandestina, sin siquiera reconocer la desaparición misma de miles de personas. Hubo dos motivos centrales por los cuales se ejecutó esta estrategia de persecución y asesinato. El primero consistió en que de esa manera se facilitaba la implementación de la Doctrina de la Seguridad Nacional, que exigía flexibilidad y eficacia en la represión de los enemigos internos. El segundo motivo estuvo relacionado con el experimento fallido (no alcanzaron a silenciar las disidencias políticas) de gobiernos autoritarios previos, que, en especial a través del llamado “Camarón”, habían ensayado un plan de persecución judicial de opositores políticos. Con la llegada del gobierno constitucional de 1973 ese tribunal fue disuelto y muchos de aquellos opositores encarcelados por el “Camarón” fueron luego amnistiados. El 16% de esos amnistiados serían desaparecidos después del golpe de 1976.

Esta estrategia represiva clandestina no significó que los funcionarios judiciales y los abogados no cumplieran un rol prominente durante la dictadura entre 1976 y 1983 y funcional a ella. Por el contrario, y contra lo que sugiere la literatura en política comparada, una parte significativa del Poder Judicial durante la dictadura en la Argentina fue activa - no sólo complaciente o apolítica- en su colaboración con el régimen, cubriendo una amplia y variada gama de conductas: desde la denegación sistemática (tanto de la Corte Suprema como de los Tribunales inferiores) de hábeas corpus interpuestos por los familiares de las víctimas del terorismo de Estado, la confirmación de la validez de las normas represivas, la reticencia a investigar seriamente los crímenes, la instrucción de causas penales fraudulentas para extorsionar a empresarios en connivencia con las fuerzas de seguridad, el apercibimiento a los jueces de instancias inferiores que efectivamente realizaban las instrucciones penales, la participación en maniobras de ocultamiento de cadáveres y de las razones de esas muertes, hasta la apropiación ilegal de niños nacidos durante el cautiverio de sus madres, la intervención en tribunales militares para juzgar a civiles, la prestación de ayuda para interrogar e incluso torturar a detenidos de manera ilegal y la delación de abogados comprometidos con los reclamos de las víctimas a fin de que fueran disciplinados por las fuerzas represivas. Claramente, el fuero federal fue el más activo en términos de contribución a la dictadura. Mientras en la Capital Federal el fuero federal penal se destacó en esa labor, en el interior del país fueron los juzgados federales multifueros quienes asumieron ese rol.

Los abogados también desempeñaron un papel crucial en el diseño, la implementación y el fortalecimiento político y jurídico de las Juntas. Aquellos que prestaron sus servicios profesionales para el Estado (en la Procuración del Tesoro de la Nación, por ejemplo) para facilitar los planes del gobierno de facto, la contribución política y académica de diversas entidades conservadoras que nucleaban a abogados, y los juristas y profesores universitarios que justificaban el gobierno inconstitucional coadyuvaron a un clima jurídico de época complaciente con las Juntas y sus crímenes.

Mientras se producían esas capitulaciones, también se registraron verdaderos actos de independencia y compromiso por parte de unos pocos funcionarios judiciales y de numerosos abogados, a quienes, en algunos casos, llegaron a costarles sus propias vidas. Esos mismos actos de resistencia salvaron a numerosas personas de ser torturadas, asesinadas y desaparecidas.

La fuente jurídica de la nueva autoridad político-militar derivaba, según las propias Juntas Militares, del derecho de la nación a resistir a la amenaza de su propia existencia. Este estado de excepción fue positivizado, pues constituyó el argumento utilizado para sustentar el ordenamiento jurídico de la dictadura, que subordinó la Constitución nacional a la voluntad de las Fuerzas Armadas, todo lo cual fue confirmado por la jurisprudencia nacional. La Corte Suprema estableció abiertamente que las Actas Institucionales y el Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional eran normas que se integraban a la Constitución en la medida en que subsistieran las causas que habían dado legitimidad a esas mismas normas de facto. Esta situación también se invocó para justificar la extensión del estado de sitio, la convalidación de la justicia militar para juzgar civiles, la suspensión del derecho de opción a salir del país y la lesión del debido proceso, entre otras garantías constitucionales.

En ese contexto jurídico de facto, en el que las normas superiores fueron impuestas de manera violenta y antidemocrática, el derecho jugó un rol secundario en la implementación del terrorismo de Estado. Si bien hubo normas represivas específicas que no habrían pasado ningún test básico de constitucionalidad (como la regulación del derecho a salir del país durante el estado de sitio), la inmensa mayoría de los crímenes de lesa humanidad no se ejecutaron aplicando normas represivas, sino ejerciendo un poder omnímodo, arbitrario y sin pretensiones de referencia jurídica alguna. De hecho, cuando así lo necesitaron, las Juntas desconocieron hasta las normas por ella dictadas.

Inmediatamente después del golpe la Junta Militar dispuso la remoción de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia y de los Tribunales Superiores de las provincias, y del procurador general de la nación. Mientras que para los demás jueces nacionales se consagró su inamovilidad desde su designación o confirmación (Ley de facto 21 258), los otros estaban sujetos a remoción sin causa ni proceso previo. A las dos semanas del golpe ya habían sido removidos veinticuatro jueces. La integración de la Corte Suprema y la Procuración General con abogados designados sin más por la Junta garantizó, desde el comienzo del gobierno de facto, el alineamiento judicial con el régimen.


La junta militar intentó legitimar su propia existencia declamando un supuesto respeto a la autoridad judicial cuando esta, de manera ocasional, procuraba cambios ornamentales en la política criminal del gobierno. Por su parte, especialmente la Corte Suprema, blandía su propia independencia mientras convalidaba con sus decisiones las acciones, políticas y normas represivas fundamentales de la Junta Militar. Existieron, de todos modos, algunas ocasionales disidencias internas en la Corte. Continúa, ver nota completa adjunta:


¿Estamos seguros que los jueces de hoy son mejores que los del 76’, que harían algo muy diferente a sus pares de entonces? De hecho, ¿se enfrentan hoy al ejercicio arbitrario del poder político y económico? Es cierto, un análisis micro, individual, nos mostrará aquí también lo variopinto que puede ser la decencia de los funcionarios judiciales pero, también, si en el Poder Judicial como institución prevalecen hoy los intereses individuales o el compromiso con los derechos humanos. Mi intuición es que el abrumador individualismo de la sociedad moderna está en la raíz de la predisposición de los jueces a defeccionar, lo que indica la escala del cambio que se necesita para mejorar substancialmente el Poder Judicial.
Fuente Anfibia: http://www.revistaanfibia.com/ensayo/usted-tambien-doctor/

2 nov 2015

Argentina: A 30 años del Juicio a las Juntas

La Fototeca ArGra realiza una muestra en simultáneo en Argentina y México. Las imágenes conforman la memoria histórica sobre un proceso emblemático para la región y el mundo: por primera vez un gobierno democrático juzgó a la dictadura que lo precedió. Aquí ofrecemos algunas de las 56 imágenes tomadas por 15 fotoperiodistas en 1985.



La última dictadura militar duró siete años. Dejó 30.000 desaparecidos, miles de exiliados, multiplicó por cinco la pobreza, quintuplicó la deuda externa y comenzó la extranjerización de la economía. Las bases del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 fueron la destrucción del aparato productivo argentino y la especulación financiera. Ese plan, que cambió el rumbo del país, sólo podía ejecutarse a sangre y fuego.
 

Desde el mismo día del asalto al gobierno democrático existieron focos de resistencia. Algunos en las fábricas, de donde se llevaron a la mayoría de los desaparecidos; otros en las escuelas y universidades, en las zonas rurales y entre los profesionales. Pero la resistencia más conmovedora la llevaron adelante las mujeres que reclamaron la aparición con vida de sus hijos secuestrados y desaparecidos. Tras cada ronda, fueron perdiendo sus nombres individuales y se llamaron Madres de Plaza de Mayo. Con ellas nació otro grupo, las Abuelas de Plaza de Mayo, que abrazaron la búsqueda de sus nietos y nietas, víctimas del Plan Sistemático de Apropiación de Niños, otra de las caras del terrorismo de Estado.

Todas esas luchas fueron empujando a la dictadura y acercaron la posibilidad de elecciones democráticas. Esa salida del horror incubó el Juicio a las Juntas Militares, un proceso judicial emblemático en la región y el mundo. Argentina juzgó a la cara visible de ese genocidio en 1985, apenas dos años después de elegir gobierno en las urnas. La acusación se basó en las pruebas recolectadas por la Comisión Nacional Sobre la Desaparición  de Personas (Conadep), que recopiló casi 9.000 testimonios y eligió 709 casos emblemáticos.

Las víctimas más directas de los secuestros, las torturas y la rapiña hablaron ante un tribunal. Con una mezcla de temor, dolor y valentía revivieron el terrorismo de Estado pese al poder que, en las sombras, detentaban los represores, quienes encarnaron la mano de obra de los grupos económicos y financieros más concentrados.
En ese entramado de testigos y expedientes judiciales nació el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF). Su tarea combinó técnicas antropológicas, arqueológicas y de medicina forense, todas ellas puestas al servicio de la identificación de los desaparecidos. Con los años, su labor ganó reconocimiento internacional y ayudó a reconocer cuerpos en casi treinta países. Uno de sus últimos trabajos fue con las víctimas de Ayotzinapa, en el estado de Guerrero, México.

El juicio a las Juntas Militares terminó con condenas para todos sus integrantes. Los testimonios de los sobrevivientes y familiares de las víctimas sembraron la base de los procesos judiciales que vendrían luego. Los mandos medios de la Fuerzas Armadas se rebelaron y lograron leyes de impunidad que cerraron, por un tiempo, el avance de los juicios. Pero la movilización popular -sumada a un nuevo escenario político- reabrió las puertas de los procesos y hoy suman 592 los represores condenado.
A veces avanzaron más, a veces menos. Pero nada pudo detener el consecuente reclamo de Justicia de las Madres, los organismos de derechos humanos y algunas organizaciones sindicales y políticas. Tampoco la búsqueda de las Abuelas, que ya recuperaron la verdadera identidad de 117 hombres y mujeres.

Aquellos pañuelos abrieron un camino de Memoria, Verdad y Justicia que viejos y nuevos pies  aún recorren a paso firme.

6 abr 2014

Argentina. La historia secreta de la Ley de autoinmunidad de la última Junta Militar

A mediados de 1983, los  militares se preparaban para dejar el poder y buscaban garantizarse la impunidad. De esa preocupación salió la ley de autoamnistía (para ellos, de “Pacificación Nacional”). En un informe secreto, señalaban que esa norma era “el único instrumento válido que se opondría al cumplimiento del objetivo” de los organismos de derechos humanos, a los que ellos llamaban “organizaciones subversivas”. Sacaban sus conclusiones del análisis de la coyuntura política y social y de datos recolectados por los servicios de inteligencia. Un informante clave fue el entonces juez José Nicasio Dibur. Este magistrado tenía a su cargo una causa vinculada con el testimonio del policía Rodolfo Peregrino Fernández, quien había roto el pacto de silencio a principios de 1983. Dibur informaba en detalle a los represores del “avance” de la investigación y advertía a los mensajeros que debían frenar el proceso o se vería “obligado” a citar a los acusados. En este contexto, los militares trataban de blindar a la tropa para que no hubiera nuevas “filtraciones”. La posibilidad era real: el policía Luis Patti, que estaba involucrado en el asesinato de los militantes peronistas Osvaldo Cambiasso y Eduardo Pereyra Rossi, amenazaba con hacer públicas las matrículas de los aviones que habían participado en los vuelos de la muerte si no recibía ayuda. 

Esta información surge de los documentos hallados en el edificio Cóndor, sede de la Fuerza Aérea, a fines del año pasado y dados a conocer por el ministro de Defensa, Agustín Rossi. En el material que analizó un equipo encabezado por la directora de Derechos Humanos del ministerio, Stella Segado, están las actas de las juntas militares y el seguimiento de algunas leyes promovidas por la dictadura, entre ellas la de autoamnistía. Patti y Dibur están mencionados en una carpeta caratulada como secreta y elaborada por la Fuerza Aérea para el asesoramiento sobre la “ley de Pacificación”. “En los contactos extraoficiales establecidos por la secretaría general con el juez mencionado, éste manifestó su preocupación por el caso ante la posibilidad de verse obligado, por razones procesales, a iniciar las citaciones indicadas, por lo cual sugirió la necesidad de la urgente sanción de la ley, único medio de cerrar ese proceso que se tramita ante su juzgado”, dice el informe.
El “juez mencionado” era Dibur, quien tenía en su juzgado la causa sobre la Triple A, a la que se había agregado el testimonio de Rodolfo Peregrino Fernández, un policía que había trabajado en el Ministerio de Interior con Albano Harguindeguy y que en marzo de 1983 había aportado información sobre el terrorismo de Estado y la Triple A, ante la Ca-dhu (Comisión Argentina de Derechos Humanos), que integraban argentinos exiliados en Europa.
“La Doctrina comprendía la eliminación física de la llamada ‘subversión apátrida’ y una orientación ideológica dentro de los principios de ‘la defensa de la Tradición, la Familia y la Propiedad’. La Doctrina, además, tenía como propósito implantar el terror generalizado en la población para evitar que la guerrilla ‘se moviera como pez en el agua’. Son estos conceptos los que fundamentan la política de ‘desapariciones’ que desde antes, pero en forma especial a partir del golpe militar de 1976, comienza a ejecutarse en forma sistemática”, dice el testimonio de Fernández, que fue llevado ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas. En su extensa declaración, habló del funcionamiento de la Triple A, la división de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en Grupos de Tareas, la existencia de centros clandestinos de detención, el asesinato de Rodolfo Ortega Peña y el secuestro y desaparición de Lucía Cullen, entre muchas otras cosas. Fernández reveló ya en ese momento que escuchó “al teniente de navío Norberto Ulises Pereyro afirmar que se utilizaban aviones de la Prefectura Naval Nacional para el transporte y el lanzamiento en alta mar de prisioneros políticos secuestrados” y que supo que “algunos prisioneros, luego de ser adormecidos mediante la aplicación de una inyección, eran introducidos en bolsas especiales, en las cuales se les arrojaba”.
En su informe secreto, los militares contaban en 108 los involucrados por Fernández en la declaración: 35 miembros del Ejército, 6 marinos, 3 integrantes de la Fuerza Aérea, 45 policías, 4 jueces, 2 capellanes y 11 personas que figuran en el rubro “otros”. No sólo tenían en su poder todos los nombres, sino también un punteo de quiénes podrían ser imputados o procesados, datos que parecen provenir directamente del magistrado, que como queda claro manifestaba estar tan compungido como los involucrados por tener que avanzar con la causa y pedía a gritos que se impulsara la norma que podría acabar con ese penoso trabajo.
Los vínculos de Dibur con los militares ya estaban claros en esa época. Se sabía que junto con su colega Martín Anzoategui se había reunido con las “autoridades militares” interesado en que se impulsara una ley especial de jubilación para los jueces que cesaran en sus cargos cuando llegara el gobierno constitucional. A mediados de 1983, además, ordenó allanar las oficinas del diario La Voz, de Vicente Saadi, por una denuncia de la Junta sobre un “rebrote subversivo”. Con la llegada de la democracia, Dibur no resistió en el Poder Judicial. El gobierno de Alfonsín quiso ascenderlo a camarista pero, por sus vínculos con la dictadura, no pasó el filtro de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado, a la sazón controlada por Saadi. Dibur dejó de ser juez y en ejercicio privado de la abogacía tuvo, entre otros clientes, a militares acusados de violaciones a los derechos humanos. Durante el menemismo, en 1992, entró en el Ministerio de Justicia como asesor y allí se quedó hasta que en 2008 Aníbal Fernández lo expulsó. Pero Dibur no era la única fuente jurídica de consulta y preocupación para los militares. Según se desprende del informe secreto y de las actas, para asegurarse la aplicación de la ley, la última Junta Militar llegó hasta la Corte Suprema. Su presidente, Adolfo Gabrielli, los dejó tranquilos. Les informó que la norma era aplicable y que no parecía tener “vicios de inconstitucionalidad”.

La amenaza

En el mismo momento en que se discutía la posibilidad de promulgar la “ley de Pacificación”, Emilio Eduardo Massera estaba preso por el asesinato del empresario Fernando Branca. Y un caso acaparaba la atención de los medios: el asesinato de Cambiasso y Pereyra Rossi.
Los dos militantes peronistas conversaban en el bar Magnum, de Rosario, cuando fueron secuestrados por un grupo parapolicial. Tres días después sus cuerpos aparecieron baleados en Zárate. El 17 de mayo, el Ministerio de Interior y la Policía de la Provincia de Buenos Aires informaron que habían sido “abatidos en un enfrentamiento” con efectivos del Comando Radioeléctrico de la Unidad Regional de Tigre. Los policías involucrados eran los suboficiales Rodolfo Diéguez, Juan Amadeo Spataro y el oficial principal Luis Abelardo Patti.
Los peritajes demostraron que ambos fueron golpeados y torturados antes de morir. Había hematomas, rastros del empleo de picana eléctrica y muestras de pólvora sobre el antebrazo izquierdo de Pereyra Rossi originadas por un disparo a quemarropa. En junio, el juez penal de San Nicolás Juan Carlos Marchetti dispuso la prisión preventiva de los tres agentes de la Bonaerense por “homicidio calificado reiterado”. Los policías estuvieron presos cinco meses, hasta noviembre de 1983, cuando se dictó su sobreseimiento provisorio.
A mediados de 1983, cuando la Fuerza Aérea analizaba su posición respecto de la ley de autoamnistía, la situación judicial de Patti todavía era complicada. Por eso, el futuro intendente de Escobar se las arregló para enviar un mensaje.
Bajo una sello que señala que el contenido es “estrictamente secreto y confidencial”, se informa que “se tiene conocimiento que (el comisario Patty sic)” había expresado lo siguiente: considera que la Fuerza Aérea argentina se está oponiendo sistemáticamente a la promulgación de la ley de pacificación. En caso de que su problema salga mal, o que no sea solucionado, ha conseguido y dará a conocer los aviones (matrículas), aeropuertos, destino, fechas y personal que trasladó delincuentes terroristas a disposición final”.
De la lectura integral de la carpeta se desprende que tal vez más que una escalada judicial, los militares temían que se rompiera el “pacto de silencio” entre sus subordinados. De allí –y luego de la experiencia de Rodolfo Peregrino Fernández– la particular atención sobre Patti. Pero hay más. Motivados por esta inquietud, se ordenó un relevamiento y análisis de los casos de los miembros de las Fuerzas Armadas detenidos en el penal de Magdalena y en Caseros, a quienes se describe como “potenciales difusores de denuncias”. En la misma hoja que sirve de carátula a esta lista de militares arrestados, hay una inscripción a mano y en cursiva en donde están los argumentos que debían repetir quienes hacían las visitas para sondear su estado de ánimo y su posible predisposición a abrir la boca: “Todo el que habla se autoincrimina. Endurecimiento por denuncia tardía. Si los otros niegan, quedará solo como responsable. Pueden ser indultados o conmutados sin necesidad de incluirlos en la amnistía”.
“Los documentos muestran la doble cara de la Justicia. Si bien una parte de la Justicia fue cómplice, la mayoría se adaptó a la dictadura. Acá se ve una Justicia que supuestamente empieza a movilizarse por las denuncias pero por otro lado pide la sanción de la ley para no avanzar a fondo”, señala la historiadora Marina Franco, que trabaja sobre los últimos años de la dictadura y los primeros de la democracia. La investigadora del Instituto de Altos Estudios Sociales (Idaes) de la Unsam y del Conicet recuerda que el principal “obstáculo” que tenía la ley de autoamnistía eran las propias Fuerzas Armadas, que estaban divididas respecto de ella. El Ejército era la fuerza que más interesada estaba en que la norma saliera rápido y fuera todo lo abarcadora que fuese posible, sobre todo que dejara tranquilos a aquellos que, como Patti, estaban comprometidos por hechos que eran recientes. La Fuerza Aérea, que era el sector que en general aparecía como “menos comprometido”, decía que no creía en la “oportunidad” de la ley, consideraba mejor esperar a que saliera luego de las elecciones de octubre o incluso que la propiciara el gobierno constitucional. La Marina se oponía a la ley. Junto con un sector del Ejército, consideraba que debían darles las gracias por los crímenes cometidos y no aceptaban ser equiparados a “la subversión”, a la que también alcanzaba la ley, a la que ningún militar de ninguna fuerza decía de “amnistía” porque creían que remitía a la de Héctor Cámpora. En la Armada avisaban, además, que no tenían intención de mover un pelo para salvar al caído en desgracia Massera.
“Los militares querían cubrirse las espaldas y creían que la ley iba a ser respetada, ya que históricamente las decisiones de las dictaduras no habían sido revisadas por los gobiernos constitucionales posteriores. Lo que pasó después habla de la voluntad política de Alfonsín, pero también de la debilidad misma de los militares, que venían de la guerra de Malvinas”, asegura Franco.
Lo que nunca se imaginaron los militares era que lo primero que haría el Congreso luego del regreso de la democracia sería anular esta ley, acción que fue el primer paso para poder llevar a cabo luego –una vez que los militares dejaron claro que la Justicia castrense no lo haría– el Juicio a las Juntas.