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28 jul 2021

MIMP: Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar


Mediante el 
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP.

MIMP Modificación Ley 30364 DS 016 2021 on Scribd
Fuente El Peruano.

7 jul 2021

MIMP: Protocolo de Atención de la Línea 100

La violencia contra las mujeres es cualquier acción o conducta que les causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico por su condición de tales, tanto en el ámbito público como en el privado1 ; así mismo, la violencia contra los integrantes del grupo familiar se define como cualquier acción o conducta que les cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico y se produce en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder de parte de un integrante a otro del grupo familiar.

El Protocolo de Atención Línea 100 es un documento normativo, sujeto a cambios, mejoras y actualizaciones, ya sea en el contenido como en la estructura y se nutre de los aportes de lo/as operadore/as del servicio, así como de las unidades pertenecientes al Programa Aurora.

MIMP Protocolo de Atencion Linea 100 on Scribd

Fuente MIMP.


19 jul 2020

El Comercio: Al menos 900 violaciones sexuales se registraron desde que empezó la cuarentena


Según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, entre las víctimas hay 600 niñas y adolescentes y 40 hombres menores de edad.

- 640 de las víctimas son menores de edad.
- 34 feminicidios desde 16 de marzo.
- 70 feminicidios en lo que va del año 2020.
- 60% tolera la violencia contra la mujer.
- 68,9% de niños entre 9 y 11 años sufrieron violencia física y psicológica en el hogar. 
- 78% de adolescentes entre 12 y 17 años sufrieron violencia física y psicológica en el hogar  (Encuesta ENARES- 2019).

El estado de emergencia para evitar contagios de COVID-19 paralizó muchas actividades en el país. Lo que nunca detuvo fue la violencia dentro de los hogares. Desde el 16 de marzo hasta el 15 de julio, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) atendió al menos 900 casos de violación sexual en el país. De todas las víctimas, el 71% fueron menores de edad: 600 niñas y adolescentes mujeres y 40 niños y adolescentes varones. Es decir, cinco menores ultrajadas cada día en los últimos cuatro meses.

No es la única forma de violencia que se ha mantenido. En el mismo período, los equipos itinerantes de urgencia del MIMP intervinieron en 5.546 denuncias de agresiones físicas y 4.223 por violencia psicológica a raíz de llamadas a la Línea 100. En total, las intervenciones sumaron 11.597 desde que se inició la pandemia.

Por si fuera poco, se registraron 34 feminicidios, con lo que suman 70 en lo que va del 2020.

Tolerancia al abuso
Aunque las cifras son desgarradoras, no son casos aislados por la emergencia nacional. La viceministra Tolentino explica que es una realidad que guarda relación con patrones machistas arraigados en la sociedad que ponen a la mujer en una posición de desigualdad. “Los casos nos duelen, pero no es un tema solo por la pandemia”, indica.

Estos patrones se evidencian con la alta tolerancia a la violencia de género. La Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales (Enares 2019), cuyos resultados se dieron a conocer el último martes, revela que el índice de tolerancia social hacia la violencia contra la mujeres es de 58,9%. Hay tres ideas que refuerzan esta tolerancia: un 52,7% de encuestados respalda que la mujer deba cumplir primero un “rol de madre y esposa” y luego sus propios sueños, un 33.2% de dijo estar de acuerdo con que “una mujer infiel debe ser castigada”, un 31.1% piensa que las mujeres se visten provocativamente para ser acosadas.

“Hay creencias impregnadas que hacen mucho daño, peor aún si son operadores de justicia porque no actuará de forma objetiva sino basa en sus creencias. Por eso la encuesta revela que solo el 19.2% del total las mujeres que fueron víctimas buscaron ayuda a una institución. Hay que capacitar constantemente para evitar la revictimización”, indica a El Comercio.

La estudio, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) con el financiamiento del MIMP, también da cuenta que el 67,6% de las mujeres encuestadas fueron víctimas de violencia psicológica, física o sexual alguna vez en su vida. En el 58,8% de los casos, el agresor fue su esposo o pareja.

“Nada justifica la violencia. Es necesario educar a las personas para desechar estos prejuicios y estereotipos que revictimizan a la mujer. El Perú tiene que cambiar, tiene que dejar el machismo, de celebrar bromas en doble sentido o el acoso callejero y empezar a indignarse por la forma en que son tratadas las niñas, adolescentes y mujeres”, agregó.


Cuando se habla de menores, los datos de Enares 2019 son igual de alarmantes: el 68,9% de niños de 9 a 11 años y el 78% de adolescentes sufrió violencia psicológica y/o física en el hogar alguna vez en su vida.



Sobre este tema, Tolentino destaca que poco a poco ha ido aumentando la participación de los vecinos en las denuncias sobre agresión a menores de edad y también en casos de violencia contra la mujer. Son ellos quienes en muchos casos llamaron a la Línea 100 para pedir ayuda. Según la funcionaria, desde que se inició el estado de emergencia, esta línea recibió más de 82 mil llamadas, de las cuales unas 21 mil fueron por agresiones contra niños y adolescentes. “La violencia afecta a toda la comunidad en su conjunto, no solo a las víctimas. Por eso la prevención es tarea de todos”, enfatizó.
  
Las personas que sean testigos o víctimas de violencia de género, pueden llamar a la Línea 100, servicio telefónico gratuito a nivel nacional especializado en brindar información, orientación y soporte a las víctimas de violencia o maltrato. Se puede acceder marcado el 100 desde cualquier teléfono fijo, público o celular durante las 24 horas del día.


El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene habilitado además, un servicio de chat para prevenir situaciones de riesgo y violencia física, sexual o psicológica. Se debe entrar desde cualquier dispositivo con internet a www.mimp.gob.pe/chat100. Las fiscalías especializadas en violencia contra la mujer cuentan con la línea gratuita 0800-00205 para recibir denuncias desde todo el país.


Escribe Gladys Pereyra Colchado

17 mar 2020

Comunicado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ha establecido medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del COVID-19 en el territorio nacional:

Las niñas, niños y adolescentes en desprotección familiar recibirán la atención encesaria que garantice su protección, organizándose equipos de atención urgente que cubre las 24 horas en las 19 UPEs (Unidades de Protección Especial) a nivel nacional.




Fuente MIMP.

8 ene 2020

Perú: “Ficha de Valoración de Riesgo en Mujeres Víctimas de Violencia de Pareja"

Mediante Resolución Ministerial N° 328-2019-MIMP, del 30 de diciembre de 2019, se actualizó la "Ficha de Valoración de Riesgo en mujeres víctimas de violencia de pareja y su instructivo".

Adjuntamos la Resolución Ministerial y el anexo.

Con apoyo de PNUD en Perú.



14 dic 2019

Perú: Modificación el Decreto Supremo N° 008-2001-PROMUDEH que crea el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual


Mediante DECRETO SUPREMO N° 018-2019-MIMP, se aprueba el decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 008-2001-PROMUDEH que crea el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual

Evidenciándose las modificaciones y nuevas disposiciones legales en materia de lucha contra la violencia hacia la mujer y los integrantes del grupo familiar, las mismas que son de observancia obligatoria; se tiene que la estructura actual y las funciones del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual se encuentran desfasadas y, a su vez, originan un impacto negativo en la atención de los servicios que brinda el Programa; por lo que se requiere modificar el Decreto Supremo que crea el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual.

Se decreta modificar los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 008-2001-PROMUDEH que crea el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual.

30 may 2019

FORO: Violencia sexual a personas menores de 14 años

La violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes es toda conducta con connotación sexual realizada por cualquier persona, aprovechando la condición de especial vulnerabilidad de las niñas, niños o adolescentes, o aprovechando su cargo o posición de poder sobre las mismas, afectando su indemnidad sexual, integridad física o emocional. No es necesario que medie violencia o amenaza para considerar la existencia de violencia sexual.

El Observatorio Nacional contra la Violencia Hacia las Mujeres y los Integrantes tiene como funciones impulsar el desarrollo de estudios e investigaciones que incrementen el conocimiento sobre la problemática de la violencia.

Teniendo en consideración la grave problemática de la violencia sexual que afecta a las personas menores de 14 años,  el Observatorio ha priorizado desarrollar un análisis de la data disponible en los registros de los Centros Emergencia Mujer del MIMP; cuyos hallazgos se comunicarán en este foro a fin de motivar a la reflexión e interés para promover planteamientos para la mejora de la política pública.
Objetivos
Este foro tiene por  objetivos:
·       Promover la generación de conocimiento sobre la violencia sexual que afecta a los niños, niñas y adolescentes menores de  14 años.
·       Presentar los resultados del análisis de la casuística de los  Centros Emergencia Mujer del  PNCVFS -MIMP a nivel nacional de los años 2017 y 2018 con relación a:
·       Perfiles de la víctimas y de las  presuntas personas  agresoras.
·       Factores de riesgo de continuidad de la violencia
·       Modelos predictivos de la problemática.
·       Motivar la generación de planteamientos, propuestas y estrategias para la mejora de la política pública.
Día, lugar y hora
Este foro se realizará el  jueves 06 de junio de 2019 de 08:30 a 11:00 am. en el auditorio institucional del MIMP.
Dirigido
Este foro está dirigido a:
·       Estudiantes,
·       Investigadores/as
·       Docentes
·       Operadores y operadoras de servicio
·       Profesionales que trabajan el tema

Inscripción
La inscripción no tiene costo.  Si desea participar,  debe registrar sus datos aquí : https://observatorioviolencia.pe/foro-violencia-sexual/ 

Fuente Observatorio Nacional contra la Violencia Hacia las Mujeres y los Integranteshttps://observatorioviolencia.pe/foro-violencia-sexual/ 

31 ago 2018

MIMP: Avance en la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo

Informe Nacional sobre el Avance en la Implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, informe del Perú.

HLa Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe se celebró en Lima, del 07 al 09 de agosto de 2018. La reunión tuvo como objetivos examinar el proyecto de primer informe regional sobre la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo donde se presentaron los avances nacionales de los Gobiernos en la implementación y seguimiento del mismo. Luego de dicho evento, el MIMP elaboró su primer informe nacional sobre dicho tema, lo adjuntamos.


28 ago 2018

MIMP: Plan de Acción Conjunto para prevenir la violencia contra las mujeres, así como brindar protección y atención a las víctimas de violencia, con énfasis en los casos de alto riesgo

El 26 de agosto se aprobó el Decreto Supremo 008-2018-MIMP que aprueba el Plan de Acción Conjunto para prevenir la violencia contra las mujeres, así como brindar protección y atención a las víctimas de violencia, con énfasis en los casos de alto riesgo.


6 ene 2016

MIMP: En el 2015 se registraron 1,518 agresiones contra niños y adolescentes varones en Lima

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) informa que el 84,7% de denuncias por violencia contra varones registradas entre enero y noviembre del 2015 por el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual (Contigo) en Lima Metropolitana, se concentró en los infantes, niños y adolescentes de cero a 17 años de edad.

De un total de 1,793 casos de agresión contra hombres, 1,518 se cometieron contra los menores de 18 años y fueron perpetrados, en el 81,9% de los casos, por los padres y madres.

Tales resultados corresponden a cifras registradas en 23 Centros Emergencia Mujer (CEM) que funcionan en igual número de distritos de la capital.

En el caso de los hombres adultos de 18 a 59 años, el índice de agresiones disminuye a 155 denuncias, lo cual representa el 8,6% del total, mientras que las sufridas por los adultos mayores varones son 120, es decir el 6,7%.

La incidencia es menor en los casos de violencia ejercida por las esposas, convivientes o ex parejas. Tal es así que de enero a noviembre del 2015 se registraron 43 agresiones de este tipo a varones adultos mayores de 18 años.

Los distritos donde se registra mayor incidencia de violencia contra varones son Villa El Salvador (197), Lima Cercado (188), San Juan de Miraflores (162) y Villa María del Triunfo (139).

En los últimos 6 años, de enero del 2010 a noviembre del 2015, se registró en Lima Metropolitana un total de 8,044 denuncias por violencia de toda índole (física, psicológica y sexual) ejercida contra varones de cero a más de 60 años. Los agresores fueron diversos: padres, madres, tíos(as), hermanos(as), suegros(as), hijos e hijas, parejas y ex parejas.

7 ago 2014

Consejo de Ministros aprueba modificatorias a Código Penal en materia de Acoso Sexual Callejero

OMONTE CMEl Consejo de Ministros en su sesión número 226 apronbó la modificatoria de dos artículos del Código Penal 176º y 176-A a propuesta del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que busca regular las omisiones en la legislación penal en materia de acoso sexual callejero.

En rueda de prensa, la presidente del Consejo de Ministros, Ana Jara, acompañada de algunos ministros de Estado, entre ellos la ministra de la Mujer, Carmen Omonte, señaló que en adelante mujeres, niñas, niños y adolescentes estarán en mejor protegidos ante esta perversa actividad.

Precisamente, la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Carmen Omonte saludó la aprobación en el Consejo de Ministros del proyecto de ley presentado por su sector para tipificar como delito el acoso sexual callejero.

La titular del MIMP fue clara en señalar que a partir de la aprobación en el Congreso de la República del proyecto enviado por el Ejecutivo no se requerirá de violencia o amenaza para establecer la condición de agravante. "Con este proyecto se mejorará la tipificación del delito y se protegerá a mujeres adultas así como a niñas, niños y adolescentes de este tipo de situaciones perversas", señaló.
 
Cabe señalar que las modificaciones se dan en el marco de enfrentar esta violencia contra la mujer con estrategias articuladas desde los diferentes sectores y niveles del Estado y con activa participación de la ciudadanía.

En el artículo 176º la propuesta presenta un tipo básico con su agravante. El primero tipifica los actos de tocamientos indebidos en sus partes íntimas o actos libidinosos contrarios al pudor que se realizan sin ejercicio de violencia, serán penadas hasta con tres años de pena privativa de libertad.

La circunstancia agravante describe la conducta donde el agente ejerce violencia, amenaza u obliga a la víctima a realizar determinadas acciones, lo que será sancionado hasta con siete años de pena privativa de libertad.

En tanto, en el artículo 176-A, la propuesta tipifica la conducta donde el sujeto activo realiza sobre un menor de catorce años tocamientos indebidos en sus partes íntimas o actos libidinosos contrarios al pudor, u obliga a la víctima a realizarlos sobre el agente, sobre sí misma o sobre tercero, será reprimido con penas privativas de la libertad.

En consecuencia, esta propuesta normativa busca incorporar en el Código Penal los tocamientos indebidos o actos libidinosos contrarios al pudor, que se realicen sin el ejercicio de violencia o amenaza.

El Proyecto de Ley hace posible que el Estado peruano enfrente una modalidad específica de violencia sexual, que principalmente afecta a las niñas, niños, adolescentes y mujeres peruanas, lesionando su derecho a la seguridad, integridad personal y libertad e indemnidad sexual, protegidos por los tratados internacionales en materia de derechos humanos. 

Acta de compromiso 

Omonte, indicó que el MIMP tiene como rectoría la protección de los derechos de las mujeres, niños, niñas y adolescentes, señalando en ese sentido que a través de un trabajo multisectorial se logró firmar un acta de compromiso para reafirmar el trabajo sobre esta problemática.

Detalló que dicho compromiso fue rubricado por ministerios como los de Educación, Justicia, Interior, así como el Ministerio Público, Gobiernos Locales, Municipalidades de Lima y el Callao, la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), Empresas de Transporte Público, la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, además del Colectivo: Paremos el Acoso Callejero.

La titular del MIMP fue clara en señalar que a partir de la aprobación en el Congreso de la República del proyecto enviado por el Ejecutivo, no se requerirá de violencia o amenaza para establecer la condición de agravante. “Con este proyecto se mejorará la tipificación del delito y se protegerá a mujeres adultas así como a niñas, niños y adolescentes de este tipo de situaciones perversas”, señaló.