La Relatoría sobre los Derechos de la Niñez de la Comisión colabora en el análisis y evaluación de la situación de los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes en las Américas. La Relatoría asesora a la CIDH en el trámite de peticiones, casos y solicitudes de medidas cautelares y provisionales en materia de niñez y adolesccencia. Asimismo realiza visitas a los Estados, y elabora estudios e informes.
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4 feb 2014
CIDH: El Derecho del Niño y la Niña a la Familia
CIDH saluda la entrada en vigor del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones
La Relatoría sobre los Derechos de la Niñez de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda que el 14 de enero de 2014, Costa Rica haya ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, que, al ser el décimo país en ratificar dicho instrumento, permite su entrada en vigor en 3 meses. Esta ratificación sigue a la realizada por el Estado plurinacional de Bolivia en nuestra región.
La implementación del Protocolo Facultativo amplía las posibilidades de protección internacional de los derechos de la niñez ya que permite a los niños, niñas y/o sus representantes, presentar quejas ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, ante eventuales violaciones a sus derechos cuando no hayan obtenido justicia y reparación a nivel nacional. El Comité de los Derechos del Niño será el órgano que analizará las comunicaciones que presenten los niños y las niñas para determinar si se han violado sus derechos, reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y sus dos Protocolos adicionales relativos a la participación de niños en conflictos armados, y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. El Comité también puede solicitar medidas provisionales a los Estados para proteger a los niños y las niñas.
El Protocolo prevé también la posibilidad que el Comité de los Derechos del Niño, a iniciativa propia y sin necesidad de que medie una queja, pueda iniciar un procedimiento de investigación sobre presuntas violaciones graves o sistemáticas de los derechos enunciados en la Convención y en sus Protocolos por un Estado parte.
Este instrumento internacional toma en especial consideración la relevancia de adaptar los procedimientos para acceder a la protección internacional a los niños y las niñas de tal modo que se garantice una efectiva participación de los niños y las niñas en la defensa de sus derechos.
La Relatora sobre los Derechos de la Niñez se complace que dos países de la región hayan ratificado el Protocolo Facultativo y hace un llamado a los demás Estados a reforzar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la región, tanto a nivel interno como a nivel internacional, ratificando este Protocolo. En este sentido, la CIDH y la Corte Interamericanas han señalado que la protección de los derechos de la niñez se ve reforzada por el corpus iuris que incorpora estándares de diferentes órganos de protección a derechos de la niñez, incluyendo la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas así como los pronunciamientos del Comité de Derechos del Niño. La ratificación del presente protocolo refuerza la complementariedad de los distintos sistemas de protección a la niñez, y promueve la participación de los niños y niñas en la promoción y protección de sus derechos.
February 3, 2014
Washington, D.C. — The Office of the Rapporteur on the Rights of the Child of the Inter-American Commission on Human Rights (IACHR) welcomes the fact that on January 14, 2014, Costa Rica became the 10th country to ratify the Optional Protocol to the United Nations Convention on the Rights of the Child on a Communications Procedure, which means that the legal instrument will take effect in three months. Costa Rica’s ratification follows that of the Plurinational State of Bolivia, among the countries of the Americas.
The implementation of the Optional Protocol expands the possibilities for international protection of children’s rights, as it allows children and/or their representatives to lodge complaints with the UN Committee on the Rights of the Child concerning possible violations of their rights when they have been unable to obtain justice and reparations in their own countries. The Committee on the Rights of the Child will be the body that examines any complaints submitted by children, to determine whether there has been a violation of their rights under the Convention on the Rights of the Child or its two additional Optional Protocols, on the involvement of children in armed conflict and on the sale of children, child prostitution, and child pornography. The Committee will also be able to ask the States to take interim measures to protect children.
The Optional Protocol also contemplates the possibility that the Committee on the Rights of the Child can take the initiative, without necessarily having received a complaint, to open an inquiry procedure to investigate allegations of serious or systematic violations by a State party of the rights established under the Convention and its Optional Protocols.
This international instrument takes into special consideration the importance of adapting procedures for accessing international protection to children, so as to ensure their effective involvement in the defense of their rights.
The IACHR Office of the Rapporteur on the Rights of the Child is pleased to note that two countries in the region have ratified the Optional Protocol, and calls on the rest of the States to strengthen the protection of the rights of children and adolescents in the region, both domestically and internationally, by ratifying this instrument. Along these lines, the IACHR and the Inter-American Court of Human Rights have indicated the protection of children’s rights is strengthened by the body of law that incorporates standards from various bodies that afford protection to children’s rights, including the United Nations Convention on the Rights of the Child and the pronouncements of the Committee on the Rights of the Child. The ratification of this protocol reinforces the degree to which the various systems for the protection of children complement each other, and encourages children’s involvement in the promotion and protection of their rights.
A principal, autonomous body of the Organization of American States (OAS), the IACHR derives its mandate from the OAS Charter and the American Convention on Human Rights. The Inter-American Commission has a mandate to promote respect for human rights in the region and acts as a consultative body to the OAS in this matter. The Commission is composed of seven independent members who are elected in a personal capacity by the OAS General Assembly and who do not represent their countries of origin or residence.
25 jun 2013
CIDH y ONU unidos para fortalecer estrategias de colaboración sobre la Violencia contra los Niños en las Américas
21 de junio del 2013. Washington, D.C. – La Relatora sobre los Derechos de la Niñez de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Comisionada Rosa María Ortiz, y la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños, Marta Santos Pais, acordaron reforzar su cooperación y desarrollar actividades conjuntas para prevenir y erradicar la violencia contra niñas, niños y adolescentes. En una reunión que tuvo lugar el 18 y el 19 de junio en la sede de la CIDH, la Relatora y la Representante Especial identificaron mecanismos de trabajo conjunto y complementario para el cumplimiento del mandato de ambas instituciones a fin de salvaguardar el derecho del niño a una vida libre de violencia.
“Fue una reunión sumamente productiva en muchos sentidos. Concretamente, avanzamos en forma significativa al acordar mecanismos de cooperación y sinergia de nuestros mandatos de manera a hacer más efectivo nuestro apoyo a los Estados para el fortalecimiento de los Sistemas de Promoción y Protección de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes en la región”, dijo la Relatora Rosa María Ortiz.
“Adoptamos una agenda en común que incluye asistencia técnica a los Estados y estrategias coordinadas de actuación, visitas conjuntas, pronunciamientos públicos cuando una situación lo amerite, y colaboración en la elaboración y difusión de informes temáticos”, explicó la Relatora.
En la reunión, la Relatora y la Representante Especial valoraron positivamente los avances promovidos por los Estados de la región para implementar las recomendaciones del Informe Mundial sobre la Violencia contra los Niños y las declaraciones políticas y hojas de rutas regionales de Sudamérica, Centroamérica y el Caribe desarrolladas en alianza con el mandato de la Representante Especial.
“Alentamos a los Estados a impulsar la implementación de estos instrumentos para la prevención y eliminación de todas las formas de violencia contra la niñez, y a adoptar medidas urgentes para responder a la magnitud y gravedad de este fenómeno”, dijo la Representante Especial, Marta Santos País.
Por otra parte, la Relatora y la Representante Especial saludaron los continuos esfuerzos de las organizaciones de la sociedad civil en particular aquéllas dedicadas a defender los derechos de niños, niñas y adolescentes, cuyo trabajo ha sido clave para los avances que se han logrado en la materia; y reconocieron el rol protagónico de redes de infancia y adolescencia en la promoción de una vida libre de violencia.
Durante la reunión, las titulares de ambos mandatos participaron de una consulta con expertos y expertas sobre la violencia armada organizada y la afectación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Esta consulta servirá como insumo para la elaboración de un Informe sobre el derecho del niño a una vida libre de violencia en contextos de violencia armada organizada, primera actividad producto de la cooperación entre ambos organismos. De esta manera, ambos mandatos continuarán trabajando en forma colaborativa en la elaboración de este informe temático. Anteriormente, otros informes temáticos, tales como “Justicia Juvenil y Derechos Humanos en las Américas” y el “Informe sobre el Castigo Corporal y los Derechos Humanos de las Niñas, Niños y Adolescentes” fueron asimismo producto de trabajo conjunto de la CIDH con Naciones Unidas.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
La Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños es una defensora global independiente a favor de la prevención y eliminación de todas las formas de violencia contra la niñez. Su mandato se fundamenta en la Resolución A/62/141 de la Asamblea General de las Naciones Unidas y el Informe Mundial sobre la Violencia contra los Niños.
Fuente OEA - CIDH: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2013/045.asp
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