Washington,
D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó hoy la
Resolución No. 01/20 Pandemia y Derechos Humanos en las Américas. La CIDH
decidió elaborar esta Resolución ante la emergencia sanitaria global sin
precedentes que enfrentan las Américas y el mundo, ocasionada por la rápida
propagación global del virus COVID-19, declarada como pandemia por la
Organización Mundial de la Salud (OMS). La Resolución se ha realizado bajo la
convicción de que las medidas adoptadas por los Estados en la atención y
contención del virus deben tener como centro el pleno respeto de los derechos
humanos.
Esta
Resolución es una aproximación integral de la Comisión sobre la situación de la
pandemia en la que se recogen los estándares del Sistema Interamericano de
Derechos Humanos y se formulan un conjunto de recomendaciones a los Estados de
la región para abordar el enfrentamiento al COVID-19 desde el enfoque de
derechos humanos. En efecto, la CIDH emite estas recomendaciones como órgano
principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), con el
mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y en
ejercicio del artículo 106 de la Carta de la OEA, el artículo 41.b de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 18.b de su Estatuto.
La
Resolución es uno de los principales resultados de la Sala de Coordinación y
Respuesta Oportuna e Integrada para la pandemia del COVID-19 (SACROI COVID-19),
instalada el 27 de marzo del 2020. La misma hace un llamado a los Estados
Miembros de la OEA a adoptar inmediata y transversalmente el enfoque centrado
en los derechos humanos en toda estrategia, política o medida estatal dirigida
a enfrentar la pandemia del COVID-19 y sus consecuencias, incluyendo los planes
para la recuperación social y económica que se formulen, los cuales deben estar
apegados al respeto irrestricto de los estándares interamericanos e
internacionales en materia de derechos humanos, particularmente los DESCA;
asegurando el funcionamiento de los Poderes Públicos del Estado. Asimismo, la
Resolución señala que las medidas que resulten en restricciones de derechos o
garantías, deben ajustarse a los principios «pro persona», de proporcionalidad,
temporalidad, y deben procurar el estricto cumplimiento de objetivos de salud
pública y protección integral.
Es
importante resaltar que un apartado especial de las recomendaciones se refiere
a los grupos en especial situación de vulnerabilidad como las personas mayores,
las personas privadas de libertad, las mujeres, los pueblos indígenas, las
personas en situación de movilidad humana, los niños, niñas y adolescentes, las
personas LGBTI, las personas afrodescendientes y las personas con discapacidad.
En ese sentido, la Comisión destaca que al momento de emitir medidas de
emergencia y contención frente a la pandemia del COVID-19, los Estados de la
región deben brindar y aplicar perspectivas interseccionales y prestar especial
atención a las necesidades y al impacto diferenciado de dichas medidas en los
derechos humanos de los grupos históricamente discriminados o en especial
vulnerabilidad.
“Con
esta Resolución queremos aportar, desde nuestro mandato, a los esfuerzos que se
están realizando desde los gobiernos y la sociedad en la protección de los
derechos humanos de todas las personas. Entendemos que el COVID-19 se presenta
de manera distinta en cada país y observamos que las respuestas también han
sido diferentes. En cualquier caso y por su propia naturaleza, las acciones
estatales deben estar centradas en las personas. Toda acción de gobierno debe
emprenderse para garantizar y proteger los derechos humanos” señaló el
Comisionado Joel Hernández, Presidente de la CIDH.
Por su parte, Paulo Abrão, Secretario Ejecutivo de la CIDH, destacó: “Este documento es una contribución esencial de la CIDH, desde su SACROI COVID-19, donde se pone a disposición de los Estados para seguir cooperando técnicamente en la defensa de los derechos humanos en el hemisferio”.
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