Este año se cumple el 30 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, un tratado internacional que marcó un cambio de paradigma al dar la voz a la infancia y al reconocer sus derechos básicos. Si bien aún queda mucho por hacer, desde su aprobación se produjeron avances considerables en materia de supervivencia, salud y educación. A casi un año más de aquel hecho histórico, Educación dialogó con Norberto Liwski, coordinador del área de Educación y Derechos de la UNIPE y organizador del Congreso “1989 -de la Convención al ejercicio pleno de derechos- 2019”, que se realizará el 27 y el 28 de septiembre (Fuente PERFIL).
El 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), un acontecimiento fundamental y necesario que provocó un cambio de paradigma al dar la voz a la infancia y reconocer sus derechos básicos. En efecto, el tratado internacional no solo reafirmó la necesidad de proporcionar a los niños y los adolescentes el cuidado y la asistencia en razón de su vulnerabilidad, sino que también reconoció sus derechos al desarrollo físico, mental y social, y a expresar libremente sus opiniones. A su vez, reunió un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad.
Así, los 54 artículos que componen la CDN expresan los derechos económicos, educativos, culturales, civiles y políticos de la infancia, al tiempo que definen las obligaciones y las responsabilidades de los gobiernos y otros agentes, como los padres, los maestros, los profesionales de la salud y los investigadores.
Sobre el derecho a la educación, la Convención establece que es obligación del Estado asegurar, por lo menos, la educación primaria gratuita y obligatoria. Los objetivos educativos, en tanto, deben orientarse a desarrollar la personalidad y las capacidades del niño, a fin de prepararlo para una vida adulta activa. Pero también se debe inculcar el respeto de los derechos humanos elementales y de los valores culturales propios y de civilizaciones distintas a la suya.
Desde la aprobación de la CDN se han producido en todo el mundo avances considerables en el cumplimiento de los derechos de la infancia a la supervivencia, la salud y la educación, a través de la prestación de bienes y servicios esenciales, así como también se ha dado un reconocimiento cada vez mayor a la necesidad de establecer un entorno protector que defienda a los niños y los adolescentes de la explotación, los malos tratos y la violencia.
Hoy, la Convención sobre los Derechos del Niño ha sido aceptada por todos los países del mundo excepto Estados Unidos. Con 195 naciones adheridas, se constituye como uno de los tratados más ratificados de la historia. Su aceptación implica el compromiso y la obligación de cumplir con lo establecido mediante la adecuación de los marcos normativos. En ese camino, Argentina, luego de aceptar el tratado en 1990, le otorgó rango legal en 1994 al incorporarlo en la reforma de la Constitución Nacional.
Ahora bien, ¿cómo se fueron implementando en nuestro país y en la región los postulados de esta ley internacional? ¿Queda mucho por hacer para crear un escenario apropiado para la infancia? ¿Se siguen vulnerando muchos de sus derechos? ¿Cuáles son las experiencias territoriales, institucionales y académicas más valiosas que dan cuenta de la capacidad de sostener, defender y ampliar los derechos consagrados en la Convención?
Sobre estos interrogantes, diferentes especialistas debatirán el 27 y el 28 de septiembre en el Congreso “1989 – de la Convención al ejercicio pleno de derechos- 2019”. Organizado por la Universidad Pedagógica Nacional (UNIPE), junto a otras universidades nacionales, organizaciones sociales, sindicales e iglesias, el evento se desarrollará el viernes en el Teatro Margarita Xirgu-Espacio UNTREF y el sábado en la sede de la UNIPE, con la participación de Adolfo Pérez Esquivel, Premio Nobel de la Paz y presidente honorario del Congreso, Luisa Brumana, representante de UNICEF Argentina, y Adrián Cannellotto, rector de la UNIPE.
Referentes educativos como Adriana Puiggrós, Marisa Díaz, Darío Pulfer, Mario Oporto, Claudia Bracchi, Patricia Sadovsky, Fernando Bordignon, entre otros, también formarán parte de distintos paneles del evento.
Para profundizar sobre los avances logrados y los desafíos pendientes desde la sanción de la Convención, el suplemento Educación conversó con Norberto Liwski, organizador del Congreso, director de la Especialización en Educación Política Pública y Derechos de niños, niñas y adolescentes, y coordinador del área de Educación y Derechos de la UNIPE.
La Convención, como primera ley internacional sobre los derechos de los niños y los adolescentes, es de carácter obligatorio por los Estados firmantes. A casi 30 años de su existencia, ¿cuáles son las principales medidas que se han desarrollado para dar efectividad a todos estos derechos y cuáles son las esferas en las que la Convención ha sido más eficaz?
Desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas -nuestro país en el año 1990 (Ley 23849), es decir, al año de su aprobación-se pueden mencionar un conjunto de medidas que se fueron desarrollando en diferentes planos y dimensiones. Dichas medidas se enmarcan en contextos políticos, sociales y económicos caracterizados por contradicciones manifiestas en la interpretación y la implementación de los principios y las disposiciones del mencionado tratado. Si bien es el Estado el garante de la efectividad de los derechos consagrados en esa Convención, debemos señalar que la principal iniciativa motivadora e inspiradora del “nuevo contrato social” surge del caudaloso movimiento de organizaciones sociales que, en su gran mayoría, son de actuación previa a la CDN.
En el orden legislativo, nuestro país necesitó quince años para concretar la Ley de Promoción y Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 26061/05) que, armonizando con los principios y las disposiciones de la Convención, dio jurídicamente por cerrado el ciclo de la Ley del Patronato de Menores (Ley 10.903/1919). La mayoría de las provincias formularon sus propias legislaciones en el mismo sentido.
Otro aspecto relevante y que se sitúa en un plano socio-antropológico es el reconocimiento de los niños, las niñas y los adolescentes como sujetos sociales de derechos y, por consecuencia, miembros activos en los cambios y las transformaciones de su comunidad.
El reconocimiento de la autonomía progresiva del adolescente volcado en el texto del nuevo Código Civil y Comercial unificado, genera e impulsa cambios culturales e institucionales. Legislaciones de gran trascendencia como la ley de Educación Nacional (Ley 26.206/06) o la ley de Educación Sexual Integral (ley 26.150/08), entre otras, fueron definiendo normativamente el nuevo marco de legalidad convencional destinado a la niñez y la adolescencia.
La implementación del plexo legislativo basado en la CDN está presente en muchos de los programas y acciones poniendo en tensión las políticas públicas. Algunas se orientan en la perspectiva de derechos, por ejemplo, la Asignación Universal por hijo (decreto 1602/09), incluida en la ley 24.714, mientras que otras legislaciones y políticas se mantienen con matices y modalidades conectadas con visiones tutelares o desconociendo la palabra de los niños, las niñas y los adolescentes como un requisito necesario en el diseño, la ejecución y el monitoreo de las políticas públicas, por ejemplo, el decreto ley “Régimen Penal de la Minoridad” (ley 22.278), producido durante la dictadura cívico militar.
Hemos observado que la producción legislativa ha sido intensa, amplia y concurrente con el sentido de la CDN. Algunos actores señalan una cierta hipertrofia legislativa que no generó suficientes procesos de transformación institucional. No obstante, diferentes jurisdicciones provinciales y municipales han avanzado en la dirección correcta promoviendo el funcionamiento de un sistema de protección integral de derechos, que reconozca el valor de la corresponsabilidad y el reconocimiento explícito al accionar de las organizaciones sociales, incluyendo aquellas representativas de los colectivos de las jóvenes generaciones.
Si bien resta un largo camino por recorrer, el derecho de los niños, las niñas y los adolescentes a ser escuchados y tenidos en cuenta en aquellas decisiones que los involucran, es preciso señalarlo como una conquista que contribuye decididamente a la apertura de un nuevo ciclo histórico. Este componente de la CDN atraviesa todas las esferas de la vida de los niños e incide en la desconstrucción de pautas y vínculos adultocéntricas por modelos de protección de derechos, fundados en una construcción dialógica.
La Convención establece los derechos que es preciso convertir en realidad para que los niños y los adolescentes desarrollen su pleno potencial, y uno de ellos es el derecho a la educación. ¿Cuáles son los avances fundamentales en este terreno y cuáles son los retos que aún persisten?
El ámbito de la educación puede exhibir como uno de sus mayores logros haber dado sustento legal y conceptual a nuevos modelos pedagógicos, inclusivos y participativos. La proyección de los derechos humanos se incorpora a las currículas, y una corriente activa de docentes de los diferentes niveles asumen el desafío de promover la vigencia plena de las legislaciones articuladas de educación y protección integral de derechos.
La educación en derechos humanos, debe considerarse en un plano transversal de los trayectos educativos, no solo en el conocimiento teórico, sino fundamentalmente articulado a la vida cotidiana dentro y fuera del ámbito institucional. La no discriminación, la garantía de universalizar el ciclo educativo obligatorio y la tenacidad política pedagógica por reducir las desigualdades constituyen desafíos de nuestro tiempo, en el cual el aumento de la pobreza y la indigencia representa que la mitad de nuestros niños, niñas y adolescentes se encuentren con gravísimos deterioros en el ejercicio de sus derechos, incluyendo el aspecto nutricional.
Revertir este cuadro de situación constituye el prioritario e indispensable proceso de decisión desde el poder político y desde aquellos sectores de la sociedad que conciben la vida democrática con una niñez y una adolescencia en ejercicio pleno de sus derechos.
El 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), un acontecimiento fundamental y necesario que provocó un cambio de paradigma al dar la voz a la infancia y reconocer sus derechos básicos. En efecto, el tratado internacional no solo reafirmó la necesidad de proporcionar a los niños y los adolescentes el cuidado y la asistencia en razón de su vulnerabilidad, sino que también reconoció sus derechos al desarrollo físico, mental y social, y a expresar libremente sus opiniones. A su vez, reunió un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad.
Así, los 54 artículos que componen la CDN expresan los derechos económicos, educativos, culturales, civiles y políticos de la infancia, al tiempo que definen las obligaciones y las responsabilidades de los gobiernos y otros agentes, como los padres, los maestros, los profesionales de la salud y los investigadores.
Sobre el derecho a la educación, la Convención establece que es obligación del Estado asegurar, por lo menos, la educación primaria gratuita y obligatoria. Los objetivos educativos, en tanto, deben orientarse a desarrollar la personalidad y las capacidades del niño, a fin de prepararlo para una vida adulta activa. Pero también se debe inculcar el respeto de los derechos humanos elementales y de los valores culturales propios y de civilizaciones distintas a la suya.
Desde la aprobación de la CDN se han producido en todo el mundo avances considerables en el cumplimiento de los derechos de la infancia a la supervivencia, la salud y la educación, a través de la prestación de bienes y servicios esenciales, así como también se ha dado un reconocimiento cada vez mayor a la necesidad de establecer un entorno protector que defienda a los niños y los adolescentes de la explotación, los malos tratos y la violencia.
Hoy, la Convención sobre los Derechos del Niño ha sido aceptada por todos los países del mundo excepto Estados Unidos. Con 195 naciones adheridas, se constituye como uno de los tratados más ratificados de la historia. Su aceptación implica el compromiso y la obligación de cumplir con lo establecido mediante la adecuación de los marcos normativos. En ese camino, Argentina, luego de aceptar el tratado en 1990, le otorgó rango legal en 1994 al incorporarlo en la reforma de la Constitución Nacional.
Ahora bien, ¿cómo se fueron implementando en nuestro país y en la región los postulados de esta ley internacional? ¿Queda mucho por hacer para crear un escenario apropiado para la infancia? ¿Se siguen vulnerando muchos de sus derechos? ¿Cuáles son las experiencias territoriales, institucionales y académicas más valiosas que dan cuenta de la capacidad de sostener, defender y ampliar los derechos consagrados en la Convención?
Sobre estos interrogantes, diferentes especialistas debatirán el 27 y el 28 de septiembre en el Congreso “1989 – de la Convención al ejercicio pleno de derechos- 2019”. Organizado por la Universidad Pedagógica Nacional (UNIPE), junto a otras universidades nacionales, organizaciones sociales, sindicales e iglesias, el evento se desarrollará el viernes en el Teatro Margarita Xirgu-Espacio UNTREF y el sábado en la sede de la UNIPE, con la participación de Adolfo Pérez Esquivel, Premio Nobel de la Paz y presidente honorario del Congreso, Luisa Brumana, representante de UNICEF Argentina, y Adrián Cannellotto, rector de la UNIPE.
Referentes educativos como Adriana Puiggrós, Marisa Díaz, Darío Pulfer, Mario Oporto, Claudia Bracchi, Patricia Sadovsky, Fernando Bordignon, entre otros, también formarán parte de distintos paneles del evento.
Para profundizar sobre los avances logrados y los desafíos pendientes desde la sanción de la Convención, el suplemento Educación conversó con Norberto Liwski, organizador del Congreso, director de la Especialización en Educación Política Pública y Derechos de niños, niñas y adolescentes, y coordinador del área de Educación y Derechos de la UNIPE.
La Convención, como primera ley internacional sobre los derechos de los niños y los adolescentes, es de carácter obligatorio por los Estados firmantes. A casi 30 años de su existencia, ¿cuáles son las principales medidas que se han desarrollado para dar efectividad a todos estos derechos y cuáles son las esferas en las que la Convención ha sido más eficaz?
Desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas -nuestro país en el año 1990 (Ley 23849), es decir, al año de su aprobación-se pueden mencionar un conjunto de medidas que se fueron desarrollando en diferentes planos y dimensiones. Dichas medidas se enmarcan en contextos políticos, sociales y económicos caracterizados por contradicciones manifiestas en la interpretación y la implementación de los principios y las disposiciones del mencionado tratado. Si bien es el Estado el garante de la efectividad de los derechos consagrados en esa Convención, debemos señalar que la principal iniciativa motivadora e inspiradora del “nuevo contrato social” surge del caudaloso movimiento de organizaciones sociales que, en su gran mayoría, son de actuación previa a la CDN.
En el orden legislativo, nuestro país necesitó quince años para concretar la Ley de Promoción y Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 26061/05) que, armonizando con los principios y las disposiciones de la Convención, dio jurídicamente por cerrado el ciclo de la Ley del Patronato de Menores (Ley 10.903/1919). La mayoría de las provincias formularon sus propias legislaciones en el mismo sentido.
Otro aspecto relevante y que se sitúa en un plano socio-antropológico es el reconocimiento de los niños, las niñas y los adolescentes como sujetos sociales de derechos y, por consecuencia, miembros activos en los cambios y las transformaciones de su comunidad.
El reconocimiento de la autonomía progresiva del adolescente volcado en el texto del nuevo Código Civil y Comercial unificado, genera e impulsa cambios culturales e institucionales. Legislaciones de gran trascendencia como la ley de Educación Nacional (Ley 26.206/06) o la ley de Educación Sexual Integral (ley 26.150/08), entre otras, fueron definiendo normativamente el nuevo marco de legalidad convencional destinado a la niñez y la adolescencia.
La implementación del plexo legislativo basado en la CDN está presente en muchos de los programas y acciones poniendo en tensión las políticas públicas. Algunas se orientan en la perspectiva de derechos, por ejemplo, la Asignación Universal por hijo (decreto 1602/09), incluida en la ley 24.714, mientras que otras legislaciones y políticas se mantienen con matices y modalidades conectadas con visiones tutelares o desconociendo la palabra de los niños, las niñas y los adolescentes como un requisito necesario en el diseño, la ejecución y el monitoreo de las políticas públicas, por ejemplo, el decreto ley “Régimen Penal de la Minoridad” (ley 22.278), producido durante la dictadura cívico militar.
Hemos observado que la producción legislativa ha sido intensa, amplia y concurrente con el sentido de la CDN. Algunos actores señalan una cierta hipertrofia legislativa que no generó suficientes procesos de transformación institucional. No obstante, diferentes jurisdicciones provinciales y municipales han avanzado en la dirección correcta promoviendo el funcionamiento de un sistema de protección integral de derechos, que reconozca el valor de la corresponsabilidad y el reconocimiento explícito al accionar de las organizaciones sociales, incluyendo aquellas representativas de los colectivos de las jóvenes generaciones.
Si bien resta un largo camino por recorrer, el derecho de los niños, las niñas y los adolescentes a ser escuchados y tenidos en cuenta en aquellas decisiones que los involucran, es preciso señalarlo como una conquista que contribuye decididamente a la apertura de un nuevo ciclo histórico. Este componente de la CDN atraviesa todas las esferas de la vida de los niños e incide en la desconstrucción de pautas y vínculos adultocéntricas por modelos de protección de derechos, fundados en una construcción dialógica.
La Convención establece los derechos que es preciso convertir en realidad para que los niños y los adolescentes desarrollen su pleno potencial, y uno de ellos es el derecho a la educación. ¿Cuáles son los avances fundamentales en este terreno y cuáles son los retos que aún persisten?
El ámbito de la educación puede exhibir como uno de sus mayores logros haber dado sustento legal y conceptual a nuevos modelos pedagógicos, inclusivos y participativos. La proyección de los derechos humanos se incorpora a las currículas, y una corriente activa de docentes de los diferentes niveles asumen el desafío de promover la vigencia plena de las legislaciones articuladas de educación y protección integral de derechos.
La educación en derechos humanos, debe considerarse en un plano transversal de los trayectos educativos, no solo en el conocimiento teórico, sino fundamentalmente articulado a la vida cotidiana dentro y fuera del ámbito institucional. La no discriminación, la garantía de universalizar el ciclo educativo obligatorio y la tenacidad política pedagógica por reducir las desigualdades constituyen desafíos de nuestro tiempo, en el cual el aumento de la pobreza y la indigencia representa que la mitad de nuestros niños, niñas y adolescentes se encuentren con gravísimos deterioros en el ejercicio de sus derechos, incluyendo el aspecto nutricional.
Revertir este cuadro de situación constituye el prioritario e indispensable proceso de decisión desde el poder político y desde aquellos sectores de la sociedad que conciben la vida democrática con una niñez y una adolescencia en ejercicio pleno de sus derechos.
En la actualidad, entonces, ¿Cuáles son las problemáticas principales que atraviesa la infancia que impiden garantizar sus derechos básicos?
Hemos destacado la directa y grave incidencia de modelos económicos que resultan inequitativos en la distribución de la riqueza sobre la niñez y la adolescencia. Se agrava esta situación cuando desde altos niveles de representación institucional se estigmatiza a los adolescentes de las barriadas populares, o pertenecientes a comunidades de pueblos originarios, o niños migrantes, favoreciendo una actitud de hostilidad de ciertos sectores sociales e incluso con uso desproporcionado de la fuerza pública o con iniciativas de reformas legales centradas en aumentar los mecanismos de punibilidad.
En simultáneo, las estadísticas nos indican el aumento de la explotación económica de los niños, el abuso sexual infantil o la captación por parte del crimen organizado esclavizando sus vidas y alejándolos del derecho a un proyecto de realización personal, familiar y comunitario.
Frente a este panorama que aún persiste, ¿cuáles son los desafíos a futuro para hacer efectiva la creación de un escenario apropiado para la infancia?
Dos factores interrelacionados representan los desafíos para la efectiva realización de los derechos. Por un lado, una activa política económica que, generando trabajo y empleo en las familias, crea las condiciones para una reducción progresiva y sin dilación de la pobreza infantil, y simultáneamente, una transformación de la letra de las leyes mencionadas en acciones concretas, con inversión adecuada y la perspectiva nacional y federal del sistema de promoción integral de derechos.
Hemos destacado la directa y grave incidencia de modelos económicos que resultan inequitativos en la distribución de la riqueza sobre la niñez y la adolescencia. Se agrava esta situación cuando desde altos niveles de representación institucional se estigmatiza a los adolescentes de las barriadas populares, o pertenecientes a comunidades de pueblos originarios, o niños migrantes, favoreciendo una actitud de hostilidad de ciertos sectores sociales e incluso con uso desproporcionado de la fuerza pública o con iniciativas de reformas legales centradas en aumentar los mecanismos de punibilidad.
En simultáneo, las estadísticas nos indican el aumento de la explotación económica de los niños, el abuso sexual infantil o la captación por parte del crimen organizado esclavizando sus vidas y alejándolos del derecho a un proyecto de realización personal, familiar y comunitario.
Frente a este panorama que aún persiste, ¿cuáles son los desafíos a futuro para hacer efectiva la creación de un escenario apropiado para la infancia?
Dos factores interrelacionados representan los desafíos para la efectiva realización de los derechos. Por un lado, una activa política económica que, generando trabajo y empleo en las familias, crea las condiciones para una reducción progresiva y sin dilación de la pobreza infantil, y simultáneamente, una transformación de la letra de las leyes mencionadas en acciones concretas, con inversión adecuada y la perspectiva nacional y federal del sistema de promoción integral de derechos.
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