24 ago 2019

Perú: Creación de la Instancia de Concertación del distrito de Chaclacayo para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar


Mediante Ordenanza Municipal N°430-2019-MDCH, se ordenanza que aprueban la creación de la Instancia de Concertación Distrital, como Instancia Distrital de Concertación del distrito de Chaclacayo para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

La Instancia de Concertación Distrital tiene como misión gestionar procesos de concertación, participación y coordinación intersectorial e intergubernamental para el desarrollo de procesos de formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas encargadas para combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel Distrital, y promover el cumplimiento de la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y el grupo familiar, Ley Nº 30364 y su Reglamento.

La Instancia de Concertación Distrital está conformada por:
  • La Municipalidad Distrital, quien la preside. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad.
  • La Gobernación Distrital.
  • La jefatura de la Policía Nacional del Perú a cuya jurisdicción pertenece el distrito. Jefe(a) de la Región Policial de Chaclacayo;
  • Dos Municipalidades o centros poblados menores.
  • Rondas campesinas o urbanas del distrito y de los representantes de las comunidades campesinas, comunidades nativas y comités de autodefensa, si los hubiere.
  • Organizaciones Comunales existentes.
  • Centro Emergencia Mujer.
  • Organizaciones o asociaciones de la sociedad civil del distrito relacionadas a la temática de la violencia contra las mujeres y las personas que integran el grupo familiar.
  • Un o una representante de los establecimientos públicos de salud.
  • Un o una representante del Poder Judicial, quien es designada la corte superior de la jurisdicción.
  • Un o una representante del Ministerio Publico, quien es designada por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción.
  • Un o una representante de los centros educativos.

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