15 jul 2019

Ronald Gamarra: "Termina un episodio vergonzoso"

Una reciente sentencia del Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima pone fin a una discriminación clamorosa que se había establecido hace diez años, cuando el Tribunal Constitucional, en una sentencia lamentable, influida por el cabildeo de los extremistas religiosos y los grupos conservadores, estableció para el Estado la prohibición de informar y distribuir el anticonceptivo oral de emergencia en todos los establecimientos de salud pública. Pero claro, quién tenía dinero podía comprarla libremente en las farmacias  y boticas del sector privado.

Tamaño despropósito significaba una flagrante discriminación contra los sectores más pobres, que representan alrededor del 25% de la población total del país, unos 8 millones de personas. Pero eso no es todo, porque en el Perú tenemos, además, pobreza extrema, es decir la de aquellos que no ganan ni siquiera lo suficiente para poder comer (menos de dos dólares por día), sector que abarca a un millón y medio de compatriotas. Si no les alcanza para comer, ¿cómo iban a tener para comprar la píldora del día siguiente en caso de necesitarla?

No solo los pobres eran víctimas de la discriminación; también lo eran los jóvenes en general, especialmente los menores de edad,  fueran pobres o no, pues por lo general carecen de información mínima necesaria en relación con su salud sexual y, por verguenza, o falta de comunicación, no consultan con sus padres cuando enfrentan un problema de este tipo. Pues entonces tampoco contaban ya con  la posibilidad de que en la posta médica del Estado, y sin costo, pudieran ayudarles a informarse y administrarles el medicamento necesario para no arruinar sus vidas.

La prohibición que se estableció hace una década tiene un saldo especialmente trágico, y es el relacionado con la maternidad  adolescentes e incluso infantil. Debido a la arbitraria prohibición, son innumerables las adolescentes que fueron obligadas de este modo a quedar embarzadas y convertirse en madres precoces. Y entre esos casos muchos afectan a niñas menores de 12 años. Y qué decir de las niñas y adolescentes violadas sexualmente, a quienes igualmente se les negaba la anticoncepción de emergencia por imperativo de una decisión basada en prejuicios idiotas.

Esa    discriminación inadmisible  en el acceso a un medicamento indispensable para la salud sexual, la estabilidad de las familias de ingresos más precarios y la seguridad de las adolescentes y niñas más jóvenes y vulnerables, se ha mantenido por toda una década, sin que importe en absoluto a los sucesivos gobiernos que, en el mejor de los casos, fueron timoratos y silenciosos ante la presión de los grupos oscurantistas que estaban tras la decisión del Tribunal Constitucional y decidieron hacerse los tuertos ante la inaceptable discriminación que se había creado.

La sentencia del juez del Primer Juzgado Especializado en los Constitucional de Lima representa una gran lección y un merecido rapapolvos para el Tribunal Constitutcional, cuyos magistrados de entonces, contradiciendo decisionesanteriores del propio tribunal, cedieron ante el chantaje de unos cuantos fanáticos venidos del medioevo y emitieron aquella vergonzoza sentencia discriminatoria, que aparte de oponerse a los principios ya establecidos por los organismos internacionales en cuanto al acceso a la anticoncepción oral de emergencia, se fundamenba en una rídicula "duda razonable" de los señorones magistrados sobre las posibilidades abortivas de la dichosa pastillita.

La sentencia del juez constitucional despeja y desbarata esa supuesta "duda razonable" y declara correctamente, de acuerdo a nuesttro ordenamiento, la inaplicabilidad de la sentencia del Tribunal Constitucional. La reacción del Ministerio de Salud ha sido inmediata y positiva, poniendo a disposición de la población el medicamento en cuestión. No mas discriminación, al menos en este aspecto. En verdad, es una vergüenza que durante una década se haya permitido que la anticoncepción de emergencia  estuviera disponible libremente solo para quien tuviera dinero y estuviera prohibida legalmente de ser suministrada a quienes más lo necesitaban: las mujeres pobres, las adolescentes y las niñas violadas.

Artículo de Ronald Gamarra Herrera publicado en Hildebrandt en sus trece el viernes 12 de julio de 2019.

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