Interés superior del menor. Rechaza la
apelación interpuesta por la abuela del menor, contra la sentencia que
ordenó cautelarmente la restitución a su madre biológica. Refiere que,
de los informes agregados al expediente, no surge en modo alguno que la
progenitora del niño sea inepta para ejercer los derechos que le asisten
y cumplir con los correlativos deberes que la responsabilidad parental
le impone. Manifiesta que sí se advierte una mala relación entre la
actora y la demandada madre e hija-, y no así en torno a un real y
probado mal desempeño de esta última en su rol de madre. En tal sentido
sugiere la realización de una terapia a fin de reparar en la medida que
fuera posible el vínculo entre ambas.
Fuente INFOJUS: http://www.infojus.gob.ar/confirman-restitucion-cautelar-menor-su-madre-biologica-nv13188-2015-10-15/123456789-0abc-881-31ti-lpssedadevon?utm_content=bufferf2c9d&utm_medium=social&utm_source=twitter.com&utm_campaign=buffer
Fuente INFOJUS: http://www.infojus.gob.ar/confirman-restitucion-cautelar-menor-su-madre-biologica-nv13188-2015-10-15/123456789-0abc-881-31ti-lpssedadevon?utm_content=bufferf2c9d&utm_medium=social&utm_source=twitter.com&utm_campaign=buffer
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