25 nov 2015

Argentina. Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en sus relaciones interpersonales


Con la intención de contribuir con el debate que ha generado la iniciativa “Ni Una Menos”, desde la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación se presentó el documento “Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en sus relaciones interpersonales. Aportes, deudas y desafíos de la ley Nº 26.485”. Este informe, centrado en la prevención de la violencia en las relaciones interpersonales y en la protección de las víctimas, intenta poner en perspectiva los avances que se han logrado a nivel local, pero también señalar los déficits que aún persisten y sugerir una serie de recomendaciones orientadas a superarlos.
La sanción de la Ley de Protección Integral contra la violencia de género, Nº 26.485, la creación de nuevas áreas y organismos destinados a mejorar el acceso a la justicia de las mujeres y la generación de políticas de asistencia a las víctimas de violencia de género, han mejorado la protección del derecho a una vida libre de violencias y discriminación. Sin embargo, aún persisten obstáculos que atentan contra las posibilidades de presentar o mantener las denuncias y de obtener una respuesta adecuada del sistema de administración de justicia.
En lo que se refiere al diseño e implementación de políticas públicas, el documento sugiere la necesidad de avanzar en materia de registro, sistematización y difusión de datos sobre la violencia de género; en la creación e implementación de programas y subsidios para la independencia económica y emocional de las denunciantes; en la puesta en funcionamiento de servicios de asesoramiento y patrocinio jurídico a víctimas de violencia de género en todo el país; y en la incorporación de dispositivos de seguridad más efectivos y respetuosos de la autonomía de las denunciantes.
A nivel judicial, se resalta la importancia de contar con juzgados de familia de turno que puedan intervenir en casos urgentes. También, que la Ley Integral de Protección contra la violencia de género sea aplicada por los tribunales y se eviten los encuentros o acuerdos entre las partes en los procesos de violencia. El informe señala que las medidas de protección son adoptadas en plazos breves, aunque con frecuencia son dictadas de modo estandarizado y sin atender a las particularidades de cada caso. Para que esas medidas sean útiles, es preciso mejorar los mecanismos para su implementación, un adecuado seguimiento de su eficacia y la sanción de los incumplimientos y de las nuevas agresiones que se registren.
Hitos y obstáculos
Por último, el estudio advierte que la estructura tradicional de los procesos y de los órganos del sistema de administración de justicia no ha sido pensada para tramitar este tipo de casos, lo cual explica sus dificultades para responder de modo apropiado a las peculiaridades y desafíos que ellos presentan. Además, las denuncias de estos hechos suelen derivar en distintos procesos judiciales, que son llevados adelante por operadores judiciales que muchas veces carecen de especialidad o formación en la materia.
Defensoría General de la Nación/RA

Fuente Agencia Nacional de Justicia: http://infojusnoticias.gov.ar/nacionales/un-documento-sobre-acceso-a-la-justicia-para-victimas-de-violencia-10643.html

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