12 mar 2014

Chile. Resuelto caso en favor de niños/as mapuche tras amparo del INDH

Tras la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco de fecha 31 de enero de 2014, y luego de que Carabineros desistiera en la Corte Suprema del recurso de apelación presentado, se resolvió el caso  en favor de niños, niñas y adolescentes mapuche lesionados/as con balines de goma y perdigones disparados por funcionarios de la institución, en el marco de un operativo policial, el 1 de noviembre de 2013. 

La situación afectó a un niño de 11 años, un adolescente de 16 y una joven de 19 en la localidad de Chequenco, comuna de Ercilla -región de La Araucanía-, y según consigna el fallo “el despliegue de fuerza realizado por la Carabineros de Chile, consistente en el disparo de escopeta antidisturbios para balines de goma en un lugar en el que habitan personas de distinta edad entre ellos niños y niñas indígenas, resulta decisivo para esta Corte concluir que se ha vulnerado y existe riesgo de nuevas vulneraciones a los derechos a la libertad personal y a la seguridad individual de los afectados”.

Al desistirse Carabineros de su apelación en la Corte Suprema, queda firme lo resuelto por la Corte de Temuco. Cabe recordar que dicho tribunal ordenó “a la Prefectura de Carabineros Malleco efectuar los procedimientos policiales con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, y a los protocolos de actuación que Carabineros de Chile ha adecuado a lo establecido en las leyes, en la Constitución Política del Estado y en los tratados internacionales ratificados y vigentes que contienen normas sobre derechos esenciales, especialmente a lo dispuesto en la Convención de Derechos del Niño”.

Desde enero de 2012, la justicia ha acogido siete acciones del INDH ante otros casos similares, entregando una señal respecto de la gravedad de las vulneraciones de derechos de personas del pueblo mapuche. Seis de ellas contra Carabineros y una contra la Policía de Investigaciones.

La Directora del INDH, Lorena Fries, enfatizó que “es imperativo que los funcionarios y funcionarias policiales respeten los protocolos de acción y como antes ha señalado la justicia, supediten su actuar al pleno respeto de los derechos humanos de las personas, más aún cuando se trata de miembros del pueblos indígenas, y sobre todo niñas, niños y adolescentes”.

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