Washington, D.C. - La Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución 2/2020 el 15 de abril de 2020,
mediante la cual busca fortalecer el seguimiento de las medidas cautelares
vigentes adoptadas en los términos del artículo 25 de su Reglamento. La CIDH
busca garantizar el efectivo seguimiento en la implementación de las medidas
cautelares otorgadas, así como su evaluación periódica. A tales efectos y con
miras a cumplir con lo decidido por la Comisión, la Secretaría Ejecutiva
organizará un grupo especial interno en la Sección de Medidas Cautelares para
realizar el seguimiento de las medidas vigentes.
La Secretaría Ejecutiva adoptará una
metodología de trabajo que le permita a la CIDH garantizar la evaluación
periódica de las medidas cautelares vigentes, tanto sobre la idoneidad y
efectividad de las medidas de protección adoptadas por los Estados, como sobre
la persistencia de los requisitos reglamentarios. De tal modo, se espera que la
Comisión pueda enfocarse en aquellos asuntos que, por la vigencia del riesgo en
los términos del artículo 25, requieren su debida atención, adoptando a la par
las Resoluciones de Levantamiento en los asuntos que así lo decida.
La Resolución aprobada refiere también la
posibilidad de que la CIDH pueda emitir Resoluciones de Seguimiento en asuntos
vigentes que ameriten un pronunciamiento de su parte para impulsar su
implementación, valorando las acciones implementadas por los Estado y
acompañando a las partes en el proceso.
Las decisiones adoptadas son parte de un
proceso conducido por la CIDH y su Secretaría Ejecutiva que, desde la puesta en
marcha de su actual Plan Estratégico, busca garantizar la gestión y eficacia de
sus mecanismos de protección. Se ha creado un grupo administrativo específico
para la gestión de las medidas cautelares, ajustando y reorganizando protocolos
de trabajo con el propósito de acelerar y calificar el sistema de evaluación y
consulta de las solicitudes. En mayo de 2018 se emitió la Resolución 3/2018
sobre “Fortalecimiento del trámite de medidas cautelares”, con el objetivo de
responder diligentemente y en tiempos adecuados a las situaciones urgentes de
daños irreparables.
La Resolución 2/2020 que ahora se presenta busca orientar el monitoreo de la implementación de las medidas cautelares otorgadas, valorando las acciones adoptadas por los Estados con miras a proteger los derechos de las personas beneficiarias. Del mismo modo, se enmarca en el compromiso de la Comisión con los Estados, beneficiarias y beneficiarios y representantes de fortalecer el seguimiento a las medidas cautelares vigentes, así como promover la transparencia, previsibilidad y seguridad jurídica de las decisiones.
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Fuente CIDH: http://www.oas.org/es/cidh/
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