13 feb 2014

La demanda, un punto clave en la lucha contra la trata

La polítologa Fiorella Canoni da cuenta del desafío de la Argentina para disminuir la demanda de trata de personas cuando a nivel mundial hay muy pocas medidas jurídicas para atacar el problema del “cliente”.

Tanto desde la comunidad internacional como desde la órbita nacional se ha planteado la necesidad de disminuir la demanda de trata de personas, entendiendo que sin demanda no hay trata. Pero el desafío en la materia es tal, que a la fecha contamos con muy pocas medidas a nivel mundial que logren atacar este problema.

En el plano internacional, el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños de Naciones Unidas (ONU) −que es el principal Instrumento Jurídico vinculante a nivel mundial en la materia− en su artículo 9, inciso 5, “alienta a los Estados a adoptar medidas legislativas o de otra índole a fin de desalentar la demanda que propicie cualquier forma de explotación de personas, especialmente mujeres y niños.

El Grupo de Trabajo de Trata de Personas de Naciones Unidas ratificó el consenso internacional existente respecto de la urgente necesidad de luchar contra la demanda de trata de personas (CTOC/COP/WG.4/2010/3). En el mismo sentido, también la Asamblea General de la ONU mediante su resolución 61/144 sobre la trata de mujeres y niñas, solicitó a los gobiernos que eliminen la demanda de mujeres y niñas para cualquier forma de explotación.

Actualmente, en todo plan contra la trata de personas, ya sea nacional, regional o del plano universal, en las medidas que refieren a la prevención de la trata, el desarrollo de políticas tendientes a disminuir la demanda ocupa un lugar de preferencia.

Poner el foco en la disminución de la demanda es centrarse en la prevención del lado del cliente porque, de lo contrario, si solo se pone el acento de la prevención en la concientización de la víctima, se corre el riesgo de revictimizarla por entender que su condición de tal se vincula con algo que pudo haber evitado.

Sin lugar a dudas, informar y concientizar respecto de la trata de personas posibilita visibilizar el problema en nuestras sociedades, pero para prevenir la trata debemos abordar las causas de la misma; y tal como manifestase el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos “la demanda es una de sus causas fundamentales”.

Como vemos, son varias y diversas las instancias donde se ha llamado la atención a los Estados para que trabajen en la disminución de la demanda de trata. Argentina ha demostrado un fuerte compromiso en la lucha contra la trata, en efecto ha sido uno de los primeros países que alentó a trabajar sobre quien promueve la demanda, como así tambien a identificar y responsabilizar al generador de la demanda, el cliente.

La presidenta de la República Argentina, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, en ocasión de la Segunda Reunión de Autoridades Nacionales en Materia de Trata de Personas de la Organización de Estados Americanos (OEA) −realizada en nuestro país en abril del 2008−  llamó a sus pares a trabajar “sin eufemismos, sin hipocresías y sabiendo que es fundamentalmente un problema de carácter social.

Este llamado de nuestra Presidenta a desarrollar medidas tendientes a disminuir la demanda −y a hablar directamente de “cliente”− fue llevado al plano exterior a través de diversos documentos internacionales: las conclusiones de la mencionada Reunión de la OEA; el documento final de la VIII Reunión de Ministros de Justicia u otros Ministros,  Procuradores o Fiscales Generales  de las Américas (REMJA); las recomendaciones de trata de  la Conferencia de Ministros de Justicia de Iberoamérica (COMJIB); las resoluciones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas, los planes contra la trata de personas de la OEA y la ONU, entre otros. En todos estos instrumentos, y por iniciativa argentina, se alentó a los Estados a trabajar en la materia y promover acciones que contribuyan a visualizar la acción negativa del denominado cliente de la trata de personas.

A nivel internacional esto representó un salto cualitativo en la materia pero el mayor avance se planteó fronteras adentro. Fue en el plano nacional donde se profundizaron las medidas tendientes a la disminución de la demanda,  principalmente a través del Decreto N° 936/2011.

Este Decreto prohíbe la difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual: la eliminación del denominado “rubro 59” de los clasificados. Esta medida influye directamente en la disminución de la demanda de trata con fines sexuales y contribuye a la erradicación de estereotipos que promuevan la cosificación de la mujer o la reproducción de prácticas sociales que velen la trata de personas.

La existencia del cliente de trata tiene su sustento en la cultura de nuestras sociedades, en prácticas comunes de nuestros pueblos. Esto plantea un gran desafío para los Estados decididos a luchar contra este delito porque deben desmitificar y des-invisibilizar prácticas sociales esclavizadoras. Además, capacitar a las sociedades para ver a las víctimas de trata e identificar el rol del cliente como causante.

Fuente InfoJus Notícias: http://infojusnoticias.gov.ar/

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